“El Concejo Municipal de Rosario rechaza cualquier iniciativa que habilite a los clubes a convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas, por entender que la mercantilización de los clubes sociales, culturales y deportivos, pondría en riesgo uno de los principales ámbitos de consolidación de lazos comunitarios, y de fomento del deporte como parte esencial de la formación y promoción de las personas”.

De esta manera, los miembros del Concejo Municipal sentaron posición sobre la temática en la ciudad anta una iniciativa de la Secretaría de Deportes de la Nación, que impulsa la posibilidad de conversión de los clubes en Sociedades Anónimas Deportivas.

La ordenanza establece en su artículo número 2 que “Los objetivos específicos son: a) Contribuir al mantenimiento y conservación de los Clubes Sociales. Culturales y Deportivos Amateurs. b) Estimular la práctica del deporte recreativo y federado en los Clubes Sociales, Culturales y Deportivos Amateurs. c) Promover mediante la práctica deportiva, el bienestar general y la salud de la población. d) Estimular la realización de actividades sociales, recreativas y culturales, promoviendo la colaboración con otras organizaciones sociales del barrio, fomentando la participación en los programas que la Municipalidad de Rosario desarrolle sobre el particular. e) Incentivar al desarrollo de actividades de recreación y deportes dentro de los Clubes Sociales Culturales y Deportivos Amateurs para las personas con discapacidad”.

Asimismo dictamina que “denomínense Clubes Sociales, Culturales y Deportivos Amateurs a las entidades que cumplan los siguientes requisitos: hallarse constituidas como asociaciones civiles sin fines de lucro y con personería jurídica vigente de acuerdo a dictamen de autoridad de aplicación, o mediante informe especial, de entidades deportivas amateurs de segundo grado; poseer domicilio legal y sede en la jurisdicción de la ciudad de Rosario; acreditar una antigüedad de dos años desde el inicio del trámite de la obtención de la personería jurídica; desarrollar actividades deportivas amateurs, federadas o no federadas, y/o actividades recreativas, sociales y culturales en forma habitual; contar con infraestructura edilicia e instalaciones adecuadas para la realización y fomento de las actividades que realicen; tener un registro de asociados con un número mínimo de socios activos que permita cumplir con los objetivos asociativos y con el número establecido en sus estatutos; no practicar el deporte profesional como actividad principal o excluyente o deporte que implique dar una valoración patrimonial a sus jugadores representativos.

“La presente Ordenanza General de Clubes tiene como objetivos generales, el fomento, promoción y protección de los Clubes Sociales, Culturales y Deportivos Amateurs que desarrollen actividades sociales, culturales, recreativas y/o deportivas de carácter amateur, fortaleciendo así su presencia en el ámbito de su comunidad”, determinó el Concejo.

Entre los fundamentos de la normativa, los concejales determinaron “que la identidad de los sectores populares de nuestro país se configuró condicionada por el hecho de que el conjunto social resultante de la inmigración carecía de articulaciones definidas, de sistemas de relaciones estables, de puntos de reunión e intercambio”.

A su vez, manifestaron que “una de las principales instituciones que asumió las funciones de solidaridad, cooperación, unión y configuración de la identidad nacional entre familias y vecinos a lo largo y ancho de nuestro país, fue el club social”.

El proyecto fue presentado por los Concejales Eduardo Toniolli, Norma Lopez, Osvaldo Miatello, Marina Magnani, Andres Giménez, Pedro Salinas, Juan Monteverde, Pablo Javkin y Fernanda Gigliani.

El expediente fue aprobado por todos los concejales, con excepción de los ediles de Cambiemos, quienes se abstuvieron.