SáBADO, 30 DE NOV

Tiene dictamen la Ley de Alquileres y podría ser debatida en el recinto la semana próxima

El debate en comisión del proyecto de ley se llevó a cabo durante dos semanas, en las que los legisladores recibieron en extensas audiencias a los representantes de la cámaras de propietarios, así como a los inquilinos.

Conclusión Buenos Aires

El interbloque del Frente de Todos logró  imponer como dictamen de mayoría el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introduce cambios a la iniciativa que fue sancionada a fines de agosto en la Cámara de Diputados, por lo que está para ser debatida en el recinto de sesiones a partir de la semana que viene.

Al retirarse del plenario de las Comisiones de Legislación General y de Presupuesto y Hacienda, el jefe de la bancada oficialista José Mayans afirmó ante un grupo de periodistas que la intención es votar el tema en el recinto la semana que viene.

El dictamen de mayoría contó con las firmas de los legisladores que componen el Frente de Todos y del bloque Unidad Federal, que integra un grupo de peronistas que se separó del oficialismo a principios de año.

En tanto, Juntos por el Cambio firmó un dictamen de minoría para insistir con la sanción que salió de Diputados.

La bancada opositora debería ganar la votación en el recinto si pretende que la nueva Ley de Alquileres sea sancionada de manera definitiva. Si, por el contrario, triunfa la iniciativa del oficialismo, el proyecto regresará en segunda revisión a Diputados.

En la Cámara baja, entonces, los legisladores deberán optar por insistir con la sanción original o aceptar los cambios introducidos en el Senado.

El proyecto aprobado por los Diputados el miércoles 23 de agosto reduce de tres a dos años los plazos de los contratos, con una actualización de los alquileres cada cuatro meses contra el esquema anual que rige en la actualidad y el empleo de parámetros o índices fijados entre las partes. Además, habilita la posibilidad de que los rentistas puedan pedir meses por adelantado, elimina la obligatoriedad de registrar los contratos en AFIP sin recibir sanciones a quien no lo haga y otorga exenciones impositivas a los rentistas.

En ese sentido, establece que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices.

En cambio, el dictamen impulsado por el oficialismo establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que «los contratos de locación con destino» a vivienda serán estipulados «en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses».

También modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres y toma el Coeficiente Casa-Propia que publica el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat que se compone del menor indicador entre el promedio de la variación salarial del último año y el promedio de la inflación del mismo período.

Los puntos de la reforma propuesta por el oficialismo:

Este punto fue cuestionado por la oposición cuando el porteño Martín Lousteau argumentó que «si la inflación baja, la gente va a pagar por encima del índice inflacionario».

«¿Pero y si la inflación sube?», le preguntó el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, el riojano Ricardo Guerra; a lo que Lousteau respondió: «si la inflación sube entonces vamos a tener otro problema más grave».

El dictamen del oficialismo también modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que «los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo».

Finalmente, el dictamen de mayoría suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: «las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación».

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