Por David Narciso

Cautelar tras cautelar, la Corte Suprema de la Nación viene “avisando” a las provincias que tienen que desmantelar el esquema de diferenciación tributaria conocido como de “extraña jurisdicción” o “aduanas interiores”, que significa cobrarles más impuestos a aquellas empresas que tienen radicada su actividad en otra provincia.

Ese criterio lo adoptaron casi todos los gobiernos, motorizados por necesidad de más recursos por un lado, y por presión de grupos locales cuyos intereses confluyeron con la intención del Estado de promover el trabajo local.

Lluvia de cautelares

En mayo pasado, el máximo tribunal concedió cautelares a las firmas Promedon SA, Autosal SA y BGH SA. Las tres comercializan productos en la provincia, pero sus plantas industriales o casas centrales están radicadas en otras jurisdicciones. Reclamaron que, al igual que a las empresas que tienen base en la provincia, se les cobre la alícuota de 0,5% en el impuesto a Ingresos Brutos. Los jueces ordenaron que por el momento se les aplique ese porcentaje y no el 4,5%.

En resumen, las provincias no pueden gravar una misma operación con una alícuota distinta según el lugar de donde provenga o se realice.

En el mismo sentido, durante 2016 la Corte accedió a pedidos similares de las firmas Mastellone, Cervecería y Maltería Quilmes, Laboratorios Andrómaco, Nobleza Piccardo, Avon, Roemmers, Campari Argentina y Peugeot Citroen Argentina.

Ya en 2015, Telecom Argentina obtuvo fallo favorable ante la pretensión de aplicarle alícuotas diferenciales más gravosas por la venta de equipos telefónicos y módems y por los servicios adicionales a la prestación del servicio de telefonía por el hecho de tener casa central en Ciudad de Buenos Aires.

Este tipo de conflictos impositivos intrafederales no pasan por tribunales inferiores. Van directamente a la Corte. Casi todas las provincias recibieron cautelares en contra ya sea por Ingresos Brutos o Sellos, otro de los impuestos cuestionados (no es el caso en Santa Fe).

Reforma tributaria

A fines de 2016 Santa Fe se puso en línea con el camino que viene señalando la Corte con una reforma tributaria que despejó el problema en los sectores Comercial y Servicios. Esa es la razón por la cual las empresas favorecidas por las cautelares de la Corte son industriales, que es el sector pendiente.

Para Comercio y Servicios mantiene alícuotas diferenciadas pero ya no discrimina por procedencia sino por niveles de facturación. Cuanto más se escala en las franjas de facturación, más se paga. Las categorías son: menos de 1 millón (entran en el recién creado régimen simplificado); entre 1 millón y 4,5 millones; entre 4,5 millones y 75 millones; y más de 75 millones.

Particularidad del sector industrial

El sector industrial es caso aparte. En la Secretaría de Ingresos Públicos explican que se requiere un acuerdo con las demás provincias antes de dar cualquier paso. De lo contrario, razonan, Santa Fe resignaría recursos al tiempo que las industrias locales quedarían en desventaja, porque mientras las de extraña jurisdicción acá pagarían la mínima de 0,5%, las santafesinas que comercializan en otras jurisdiccioneslo harían por 4,5 y 5% según el caso.

Esa negociación interprovincial dio sus primeros pasos en el ámbito de la comisión arbitral de Ingresos Brutos que este año se reunió en dos oportunidades.

“Si logramos consensuar criterios con Córdoba, Entre Ríos, provincia de Buenos Aires y Capital Federal podríamos avanzar porque ahí abarcamos el 80% de los casos”, explica Sergio Beccari, secretario de Ingresos Públicos. “Una posibilidad es reemplazar la diferenciación por procedencia por el de montos de facturación, como hicimos acá con Comercio y Servicios. Se está estudiando”, afirma.

Municipalidades también

El problema va más allá de las provincias y alcanza a muchos municipios, cuyas ordenanzas impositivas también fijan diferencian alícuotas por tasa de Derecho de Registro e Inspección (Drei) según dónde tengan radicada su casa central. Mayormente las empresas hasta ahora atacaron judicialmente a las provincias, pero cautelar tras cautelar la Corte viene señalando un camino irreversible que en cualquier momento será coronado con un fallo de fondo.

Por ejemplo, en el caso de Rosario, fija alícuotas diferenciadas para empresas que comercializan electrodomésticos, grandes superficies comerciales (supermercados más de 1.200 metros cuadrados) y especialidades medicinales (laboratorios).

“La discriminación a los considerados de extraña jurisdicción parece tener corta vida”, admite un funcionario del Palacio de los Leones.

Federalismo y Constitución

Los cambios tributarios realizados por la provincia en diciembre de 2016 fueron en gran parte consensuados en el ámbito de la Comisión de Análisis del Sistema Tributario que funciona en el Ministerio de Economía y sumó a tres representantes de cada Cámara legislativa, tres miembros del Ejecutivo y dirigentes del agro, construcción, comercio, servicios, entidades mutualistas y cooperativas, industriales y Bolsas de Comercio de Rosario y Santa Fe.

La voz disonante en este sentido fue la del diputado Carlos Del Frade (Frente Social y Popular). Rechazó las últimas cautelares de la Corte a favor de industrias porque “constituyen una violación al mentado principio de las soberanías provinciales y al manoseado federalismo, proclamado en la Constitución pero existente en muy pocos rubros de la vida cotidiana argentina”.

Según el periodista y legislador, “la Corte desconoce que la evolución de los impuestos provinciales es consecuencia de la historia política argentina, no de las decisiones judiciales”.

Por el contrario, la Corte entiende que a través en la Constitución Nación las provincias cedieron al Congreso Nacional la atribución de reglar el comercio, por lo tanto estarían impedidas, y por añadidura los municipios, determinar medidas tributariasque discriminen un producto comercializable por el lugar de su procedencia o localización.