SáBADO, 30 DE NOV

Fiscales santafesinos, en alarma por el aval de la Corte al control de la Legislatura

Las autoridades superiores del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe cuestionaron el fallo que "conforma un menoscabo a la independencia y autonomía del órgano encargado de la persecución penal".

 

Las autoridades superiores del Ministerio Público de la Acusación (MPA) de Santa Fe consideraron hoy que el fallo de la Corte Suprema provincial que avaló la ley que otorga a la Legislatura el control disciplinario de los fiscales, “conforma un menoscabo a la independencia y autonomía del órgano encargado de la persecución penal”.

Tras el fallo de la Corte santafesina que convalidó la constitucionalidad de una ley que le quitó al MPA el régimen disciplinario de los fiscales para transferirlo a los legisladores, la Junta de Fiscales realizó hoy una “manifestación institucional” sobre la resolución.

El fiscal general de la provincia, Jorge Baclini, y los fiscales regionales, aclararon que el MPA “mantiene y promueve el respeto por el Estado constitucional de Derecho, las disposiciones constitucionales, las leyes vigentes y los fallos judiciales que se susciten”.

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De todos modos, indicaron que eso no les impide “expresar una manifestación institucional contraria a la tesitura adoptada por la mayoría de los miembros de la Corte Suprema, pues lo resuelto conforma un menoscabo a la independencia y autonomía del órgano encargado de la persecución penal”.

Al ponerse en marcha el nuevo sistema procesal penal de Santa Fe, en 2014, que creó el MPA, el control disciplinario de los fiscales de bajo rango quedó a cargo de una Auditoria General de Gestión del propio organismo, mientras las conductas de las autoridades superiores quedó bajo el control político de la Legislatura.

En 2017, cuando cuatro senadores en ejercicio y uno con mandato cumplido eran investigados por fiscales rosarinos por presuntos delitos económicos, la Legislatura se arrogó el régimen sancionatorio.

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Tras ser declarada inconstitucional por la Cámara Laboral de Rosario, esa ley fue modificada por el parlamento provincial para establecer un régimen de tres partes que, de todos modos, dejó en manos del Poder Legislativo la potestad de avocarse a investigaciones en curso sobre fiscales y la facultad de sancionarlos.

Ante un nuevo amparo iniciado por un fiscal de Rosario, Adrián Spelta, la Corte Suprema falló el lunes pasado –en una sentencia dividida- que la ley en cuestión es constitucional porque, si bien el MPA es un órgano judicial, en una acordada de 2010 el máximo tribunal ya había “limitado su competencia” en esa materia.

Además, la acordada del lunes sostuvo que el control disciplinario legislativo no lesiona las garantías del debido proceso ni agravia la autonomía del MPA, que conserva el poder sancionatorio en el caso faltas leves de los fiscales.

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