LUNES, 02 DE DIC

Un fallo judicial impide que Sain sea sancionado por la Legislatura provincial

La jueza Paula Calace Vigo hizo lugar al recurso de amparo presentado por el ex ministro de Seguridad de Santa Fe, por lo que la Legislatura provincial no podrá suspenderlo por seis meses -como tenía previsto- de su cargo en el Organismo de Investigación.

 

La jueza laboral de la 10° Nominación de Rosario, Paula Calace Vigo, aceptó este miércoles el recurso de amparo presentado por el ex ministro de Seguridad de Santa Fe, Marcelo Sain, y ordenó a la Comisión de Acuerdos de la Legislatura provincial que se abstenga de sancionar al ex funcionario.

La resolución de la magistrada tiene lugar después de que el Fiscal Regional Carlos Arietti denunciara a Sain ante la Auditoría General de Gestión (AGG) por la convalidación de tratos crueles, inhumanos y degradantes a detenidos en dependencias policiales del departamento La Capital; por irregularidades en la provisión de armas a la policía santafesina; por tener una conducta “injuriante y difamatoria” contra personas, instituciones y colectivos y obstaculizar el trabajo del Ministerio Público de la Acusación (MPA); y por existir investigaciones penales contra el ex ministro, lo que –a consideración de Arietti- lo convertían en “incompatible” para ser el Director del Organismo de Investigación (OI).

Cabe destacar que desde noviembre de 2018 Sain se desempeñaba en el Organismo de Investigación, cargo del que tomó licencia en diciembre de 2019 al asumir como ministro de Seguridad y, tras renunciar a este puesto el pasado 19 de marzo, pidió reincorporarse nuevamente al OI.

En tanto, la Comisión Bicameral de Acuerdos Legislativos de Santa Fe emitió el pasado 23 de junio un dictamen para suspender a Sain de su cargo de Director del Organismo de Investigación por seis meses, además de reducirle su salario.

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Ante esta denuncia, el ex ministro interpuso una acción de amparo contra la provincia, donde solicitó que se declare inconstitucional la aplicación retroactiva de la ley 14.016, con el fin de que la Comisión de Acuerdos Legislativos de Santa Fe se abstenga de tomar cualquier medida disciplinaria o precautoria dentro del sumario.

A este se suma un decreto emitido el pasado martes por el gobernador Omar Perotti, donde dispuso que se dé lugar a la acción de amparo interpuesta por Saín y destacó: “El juzgamiento disciplinario a un funcionario público por hechos cometidos en el ejercicio de una función política, y en uso de licencia en el organismo de origen, afectan derechos subjetivos tutelados por el ordenamiento jurídico”.

El nuevo episodio de esta contienda judicial se dio este miércoles, cuando la jueza Calace Vigo hizo lugar al amparo de Sain al argumentar –entre otros puntos- que la causal “mal desempeño en el cargo”, con la que se acusó al ex funcionario, resulta “tan amplia que puede contener cualquier conducta, con el agravante de que el órgano que investiga y juzga es el mismo”.

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Además, la jueza consideró que los elementos presentados como pruebas para demostrar que Sain incurrió en faltas consisten en audios de WhatsApp que fueron obtenidos de manera ilegal, ya que se trataba de una conversación privada. En tal sentido, para Calace Vigo se violó el derecho a la intimidad del ex ministro de Seguridad.

Seguidamente, la magistrada pidió “la urgente medida cautelar para suspender los efectos del acto impugnado, lo que se traduce en la inaplicabilidad de la ley 14.016 al sumario administrativo en trámite” contra Sain.

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