MIéRCOLES, 27 DE NOV

Macri ordenó revocar el protocolo de aborto no punible

La decisión de Macri de dar marcha atrás abrió una grieta dentro de Juntos por el Cambio, ya que algunos dirigentes como criticaron la medida y otros defendieron al Secretario de Salud, Adolfo Rubinstein.

 

Por orden del presidente Mauricio Macri, la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, emitirá mañana una resolución que revocará la actualización del protocolo de aborto no punible que la Secretaría de Salud había publicado este miércoles en el Boletín Oficial, en medio de una polémica con el Secretario de Gobierno de Salud, Adolfo Rubinstein, a quien sectores del oficialismo le pidieron la renuncia.

La decisión de Macri de dar marcha atrás abrió una grieta dentro de Juntos por el Cambio, ya que algunos dirigentes como Martín Lousteau criticaron la medida del presidente y otros pidieron la renuncia de Rubinstein.

La Secretaría había publicado este miércoles la actualización del «Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo», el cual regía desde 2015, y que se lleva a cabo en los dos casos en que el aborto puede ser practicado de manera legal hasta el momento: cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea producto de una violación.

Uno de los cambios más sustanciales era que la objeción de conciencia no podía impedir que un hospital o centro de salud realizara la interrupción del embarazo.

Resolución publicada en el Boletín Oficial

Pero este jueves, a veinte días de que se Macri deje el poder, la ministra Stanley emitirá una resolución en el Boletín Oficial que revocará la actualización de ese protocolo, según confirmaron fuentes de su cartera.

La publicación del nuevo protocolo había desatado críticas de miembros del oficialismo, como el senador Federico Pinedo, quien en Twitter sostuvo: «Me parece lamentable y claramente inconstitucional la resolución del secretario de Salud ampliando de manera irresponsable las causales de aborto no punible y limitando la objeción de conciencia médica».

Y, apuntando contra Rubinstein, agregó: «No puede pasar por encima de un debate de seis meses del Congreso Nacional y legislar por sí mismo, contradiciendo normas de rango constitucional».

La senadora del radicalismo tucumano Silvia Elías de Pérez también cuestionó al secretario, en tanto que la diputada nacional electa por el PRO en la Ciudad Dina Rezinovsky pidió su renuncia.

«El secretario de salud Rubinstein resuelve ampliar el protocolo nacional para descartar niños y destruir mujeres. Se olvida que tras meses de debate el Congreso dio un rechazo total a la ley del aborto. Espero su renuncia y que se deje sin efecto esta resolución inconstitucional», señaló en su cuenta de Twitter.

Actualización del protocolo

La actualización del Protocolo se adecuó a «normativas internacionales» y busca garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo cuando ponga en riesgo la vida de la embarazada o si fue víctima de una violación, donde prima la voluntad a partir de los 13 años.

La normativa 3158/2019 se confeccionó «teniendo en cuenta las dos ediciones de la ‘Guía Técnica para la Atención Integral de Abortos No Punibles’ de 2007 y 2010».

«La actualización del Protocolo responde, también, a la necesidad de renovar las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la ILE (dosis de medicamentos y AMEU-Aspiración Manual Endouterina) y reforzar la importancia del acceso rápido a la atención integral y a la práctica, haciendo hincapié en la atención en el primer nivel y los tratamientos con medicamentos», remarcó la resolución.

Se establece que esta actualización «es parte de la política pública llevada adelante por la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva» y que «responde a la necesidad de actualizar la normativa adaptándola al Código Civil y Comercial de 2015 y la Resolución 65/2015 del Ministerio de Salud de la Nación».

En referencia a este punto, Silvia Oizerovich, directora de Salud Sexual y Reproductiva de la Secretaría de Salud de la Nación, que participó de la actualización del Protocolo, explicó  la importancia de dicha modificación.

«Es fundamental que ahora el Protocolo esté acorde al Código Civil y Comercial del 2015, donde se explica que las niñas menores de 13 años podrán brindar su consentimiento acompañadas de sus progenitores o representantes legales, aunque prima el derecho de la niña, el que que debe informarse al órgano protector de derecho», dijo Oizerovich, quien remarcó que antes figuraba como un fe de erratas.

La directora de Salud Sexual señaló que la decisión de adaptar el protocolo a la Resolución 65/2015 de la Secretaría de Salud de la Nación implica que se especifique «claramente cuando se habla de una práctica invasiva, que es la que no implica riesgo de vida».

Asimismo, se recuerda que dicho trabajo fue elaborado con la colaboración de «destacados especialistas» en el tema según criterios internacionales vigentes donde se establece «una metodología de trabajo rigurosa y uniforme en la materia para el ámbito nacional».

La normativa remarca que estos procedimientos se llevan a cabo en los dos casos en que el aborto puede ser practicado de manera legal hasta el momento: cuando se solicite la práctica para evitar un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea producto de una violación, según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal.

Asimismo, la resolución oficial establece que el derecho de acceso a la salud es abordado por el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la ILE «sin incurrir en discriminación alguna e incluye en su línea de atención a todas las personas con posibilidad de gestar un embarazo, sin ninguna distinción relativa a su identidad de género ni a las prácticas sexuales que pudiera llevar a cabo».

Oizerovich remarcó, también, que las provincias que hayan adherido al protocolo del 2015 «no necesitan modificar su reglamentación ante esta actualización».

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