VIERNES, 29 DE NOV

Sin necesidad ni urgencia: volvieron a decretar la inconstitucionalidad del capítulo laboral del DNU

Los camaristas destacaron que detrás de la medida impulsada por el Gobierno “se escuda la pretensión de desangrar al poder del sindicalismo y así vaciar de fuerza los reclamos por las condiciones de trabajo”.

 

La Cámara Nacional del Trabajo declaró nuevamente la inconstitucionalidad del capítulo laboral del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/23 y resaltó que la medida del gobierno de Javier Milei «pretende socavar la legitimidad del que los sindicatos reclamen por los derechos individuales».

La Cámara tomó este posicionamiento ante una acción de amparo presentada por la Asociación del Personal Aeronáutico, que había pedido «la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV – Trabajo-» del decreto.

Los camaristas Diana Cañal y Alejandro Perugini sostuvieron que esa parte del DNU, que en los hechos significaba una reforma laboral completa, «pretende socavar la legitimidad de que los sindicatos reclamen por los derechos individuales, en total olvido o desconocimiento, de que en la historia de la humanidad, fue la unión de los trabajadores la que hizo la fuerza».

«Detrás de esta pretensión se escuda la de desangrar el poder del sindicato y del activismo sindical, y así vaciar de fuerza los reclamos por las condiciones de trabajo y la salud de los trabajadores, entre otros», subrayó la resolución.

Los camaristas además resaltan que «existe un punto cero indiscutible», que es que «en la realidad, hay una diferente capacidad negocial entre el trabajador y el empleador, la que se achica ante la lógica del conjunto de los trabajadores, porque aumenta su poder».

«Justamente por eso nacen los derechos que hoy se pretenden suspender, tales como la irrenunciabilidad en el orden de lo individual, y el derecho de huelga en lo colectivo. Como en un continuo conceptual, son los dos extremos de la misma idea, lo que devolvería las cosas casi al estado de naturaleza, previo al advenimiento de constitucionalismo en sí mismo: el período de autoridad de poder absoluto, eximido de rendir cuentas y de sujetarse a las normas, quedando los trabajadores a merced del poder económico», acentuaron.

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Asimismo, los jueces advirtieron que «este decreto puede provocar en la práctica, una vuelta de campana muy difícil de reconducir (y de lograrse, con muchos que no puedan recuperarse), llevándonos de regreso al periodo de mayor sumisión histórica, como si no hubiera habido una evolución».

El decreto, añadieron, «conculca los derechos que dice defender».

El fallo también cuestiona la existencia de razones de necesidad y urgencia para emitir el DNU.

«No puede perderse de vista que, tratándose de una reforma que incluye una normativa tan amplia como es la ley de Contrato de Trabajo, leyes especiales y la ley de Asociaciones Profesionales, correspondía sin duda esperar poder seguir los trámites normales de la formación de las leyes en el Honorable Congreso de la Nación», señala el escrito judicial.

La Cámara Laboral ya había decretado la inconstitucionalidad de la reforma laboral por DNU ante una acción de amparo formulada por la CGT.

El fallo completo

Fallo sobre inconstituciona… by Conclusión TV

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