SáBADO, 30 DE NOV

Jujuy: Casación ordena que la Justicia Federal proteja a los manifestantes

Los camaristas federales Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, exigieron que haya mecanismos de control sobre el despliegue e intervención de las fuerzas de seguridad federales y provinciales en rutas nacionales durante las protestas.

La Cámara de Casación Penal, integrada por los camaristas federales Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, ordenó a la justicia federal de Jujuy que haya mecanismos de control sobre el despliegue e intervención de las fuerzas de seguridad federales y provinciales en rutas nacionales durante las protestas. Esta resolución es consecuencia de un pedido realizado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Abogadas y Abogados del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES).

La orden emitida por dicha Cámara a la justicia federal de Jujuy exige que se tomen medidas de protección hacia las comunidades originarias y los manifestantes que salieron a las calles en protesta contra la reforma constitucional impulsada por el gobernador Gerardo Morales. La decisión de la Sala IV del tribunal penal más alto del país actúa como un impedimento a la intervención de la Gendarmería Nacional en el desalojo de las rutas nacionales, una acción que el gobernador provincial solicitaba fervientemente.

Luego de la feroz represión, la ANDHES presentó un habeas corpus preventivo ante la justicia federal para evitar que la Gendarmería desalojara las rutas nacionales. Tanto el juez federal de Jujuy como la Cámara Federal de Salta rechazaron el planteo -al que adhirió el CELS– y sostuvieron que se trataba de medidas ordenadas por las autoridades provinciales.

En este sentido, este jueves hubo una audiencia en Casación en la que participaron abogados y abogadas de ambas agrupaciones y Xumek. A las pocas horas, los camaristas Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo firmaron una resolución en la que le recordaban a la justicia federal de Jujuy que un habeas corpus preventivo «debe tramitarse justamente cuando hay una amenaza cierta de que una persona sea privada de la libertad y que, además, se estaba hablando de manifestaciones en rutas interjurisdiccionales – en las que deben intervenir fuerzas federales–».

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