LUNES, 02 DE DIC

Nuevas habilitaciones en toda la provincia y extensión de horarios en el sur de Santa Fe

En una serie de decretos firmados por el gobernador Omar Perotti, el Ejecutivo provincial dispuso el marco regulatorio para la práctica deportiva con contacto físico, colonias de verano, eventos culturales, funcionamiento de jardines maternales y extensión horaria para comercios en diciembre.

Llega diciembre y la curva de contagios de Covid-19, si bien sigue registrando un número alto de casos, luce estabilizada en Rosario y la provincia de Santa Fe desde hace algunas semanas, tras pasar los temores de septiembre y octubre cuando el sistema sanitario bordeó el colapso.

En este marco, el gobernador Omar Perotti firmó una serie de decretos en los que definió entre otras cosas: extensión en el horario de atención para comercios minoristas y mayoristas, funcionamiento de jardines maternales, realización de eventos culturales y recreativos, práctica de competencias automovilísticas y motociclísticas (sin público), y la práctica de deportes donde los participantes interactúen e incluso tengan contacto físico entre sí, en la modalidad entrenamiento (incluido el fútbol 5), y el funcionamiento en clubes e instituciones sociales de las denominadas colonias de vacaciones.

Las disposiciones del Ejecutivo santafesino abarcan a “todo el territorio provincial”, con excepción del decreto que refiere a la actividad comercial (mayorista y minorista), que refiere a las localidades de los departamentos de Rosario, Caseros, Constitución, General López, San Lorenzo, La Capital, Castellanos y Las Colonias.

Allí, la venta de mercaderías de rubros no esenciales, con atención al público en los locales, podrá realizarse en los horarios que establezcan las autoridades municipales y comunales, el que no podrá extenderse más allá de las 21.

En tanto, los locales gastronómicos (bares, restaurantes, heladerías, y otros, con y sin concurrencia de comensales, incluyendo las actividades de envíos domicilio) podrán permanecer abiertos los días viernes y sábado hasta la 1.30 del día siguiente, siempre y cuando cumplan las condiciones vigentes de ocupación de hasta el treinta por ciento (30%) de la superficie cerrada y -en espacios abiertos- en los lugares habilitados al efecto por las autoridades locales; cumplimentando en todos los casos las medidas de distanciamiento social, el protocolo específico de la actividad.

Las medidas dispuestas entrarán en vigencia a partir de la hora 0 del 1 de diciembre (martes próximo), a excepción de lo relativo a la práctica deportiva con contacto físico, que regirá desde este sábado 28 de noviembre, y de las colonias de vacaciones o «talleres de verano» que podrán abrir desde el 5 de diciembre.

A continuación, cada decreto en el que se detallan las particularidades de las nuevas habilitaciones.

Colonias de vacaciones

Jardines maternales

Eventos culturales 

Competencias automovilísticas

Práctica de deportes 

Comercio mayorista, minorista y gastronómicos 

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