El fiscal federal Federico Delgado apeló por «prematura» la decisión de desestimar por inexistencia de delito la denuncia contra el jefe de Gabinete, Marcos Peña, por el uso de la base de datos de la Anses por parte del Poder Ejecutivo, adoptada por el juez federal Sebastián Casanello.

Con la apelación, será ahora la Cámara Federal porteña la que determine si debe investigarse o no al jefe de Gabinete a raíz del convenio firmado con ANSES para el uso de su base de datos para la difusión de actos de gobierno.

Delgado entendió que la decisión de Casanello fue «prematura» porque cierra el proceso de manera definitiva y, «en consecuencia, impide el ejercicio de la acción penal pública», además de criticar el «modo brusco» en que se tomó esa decisión, según el dictamen al que accedió Télam.

Casanello desestimó ayer la denuncia contra Peña sin ordenar ninguna de las medidas de prueba que había pedido Delgado en su requerimiento de investigación.

Esa decisión «es prematura porque el Señor juez instructor impidió realizar un escrutinio sobre un acto administrativo en base a especulaciones y adjetivos que dimanan de la voluntad del Señor juez, pero que carecen de elementos de prueba incorporados a la causa, que es la única base material que permite cerrar un proceso del modo en que se hizo», advirtió el fiscal.

Casanello, según la fiscalía, cerró la causa sin estudiar «si la decisión administrativa que alcanza a la Jefatura de Gabinete de Ministros, de la Administración de la Seguridad Social y de la Secretaría de Medios contravino el régimen de protección de datos personales».

Entre otras acciones que, a criterio de Delgado, Casanello debería haber encarado antes de desestimar la denuncia, enumeró la de «dirimir la tensión entre un acto administrativo y una ley que es una norma de jerarquía mayor» y, eventualmente, «determinar si una posible infracción de la norma inferior a la superior se veía atrapada por alguna disposición del Código Penal».

«Para esa tarea, relativamente sencilla, la fiscalía había sugerido requerir una opinión a los expertos del Estado, más dos opiniones independientes», indicó el fiscal.

Además, advirtió que «ninguno de esos tres pasos se cumplió, pese a que se trataba de un tema dramático en estos tiempos atravesados por la revolución comunicacional, pues se inscribe en la relación entre la privacidad de las personas que está protegida por la Constitución Nacional y los límites del poder administrador».

«Al resolver de la manera en que lo hizo, el Señor juez se salteó la etapa previa de una sentencia, que es la de la investigación», argumentó Delgado.