MARTES, 26 DE NOV

Lo que hay que saber sobre el funcionamiento de los bancos la semana próxima

Con turno previo, se podrá hacer trámites, gestionar préstamos y acceder a cajas de seguridad, mientras que las casas de cambio continuarán cerradas, aunque podrán operar en forma remota.

El Banco Central distribuyó una guía sobre el funcionamiento de las entidades financieras la semana próxima, cuando abrirán con limitaciones y restricciones en medio de la cuarentena por el coronavirus, y únicamente los jubilados y pensionados serán atendidos por ventanilla, de acuerdo con el calendario informado por la Anses.

Con turno previo, se podrá hacer trámites, gestionar préstamos y acceder a cajas de seguridad, mientras que las casas de cambio continuarán cerradas, aunque podrán operar en forma remota.

– ¿Los bancos abren para el público general?

Sí, pero con algunas limitaciones y restricciones. Durante la semana del 13 al 17 de abril podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas.

– Si soy una persona jubilada/pensionada ¿puedo operar por ventanilla?

Sí. La atención por ventanilla queda exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones. Pero sólo los días que indica el calendario de la ANSeS. Si sos jubilado o pensionado, no se necesita turno, pero hay que consultar con la ANSeS antes de acercarse a una sucursal.

– ¿Solo los jubilados/pensionados pueden operar por a la ventanilla?

Sí. Sólo los jubilados serán atendidos en las ventanillas.

– ¿En qué horario estarán abiertos los bancos?

De 10:00 a 17:00 en CABA y conurbano, y en otras jurisdicciones se amplía dos horas luego del horario habitual del cierre.

– ¿Qué requisito necesito para ir al banco?

Sacar un turno por los canales que el banco ponga a disposición (el sitio web y otros canales). El banco te otorgará un turno según el último número del DNI si sos una persona humana o del dígito verificador CUIT si representás a personas jurídicas.

– ¿Qué día puedo ir al banco?

Sólo con el turno y el día que tengas asignado según la terminación de tu DNI (si sos persona humana) o el dígito verificador (si representás a una persona jurídica).

– El calendario es el siguiente:

Lunes 13, los terminados en 0 y 1.

Martes 14, los terminados en 2 y 3.

Miércoles 15, los terminados en 4 y 5.

Jueves 16, los terminados en 6 y 7.

Viernes 17, los terminados en 8 y 9.

Las personas humanas se rigen por DNI y las personas jurídicas se rigen por CUIT.

– ¿A partir de cuándo puedo pedir el turno?

Ya se puede solicitar.

– ¿Puedo ir al banco sin turno? ¿Me atenderán igual?

No. Solamente podrás ir al banco si contás con un turno previo.

– Si soy una persona jubilada/pensionada ¿necesito solicitar un turno previo para hacer otro trámite que no sea cobrar la jubilación/pensión?

Sí, según el calendario estipulado por terminación de documentos de identidad.

– ¿Tengo que tramitar un permiso para circular para acercarme a la sucursal? 

El comprobante del turno gestionado previamente servirá como permiso de circulación y se te solicitará para ingresar al banco.

– ¿Puedo ir al banco a abrir una cuenta bancaria?

Sí, pero recordá primero sacar un turno con tu banco reservando fecha para el día que te corresponda.

¿Qué operaciones puedo realizar que no requieran atención por ventanilla?

Podés gestionar un préstamo, presentar documentación, ir a tu caja de seguridad, hacer gestiones vinculadas a tus cuentas, tanto como persona humana como jurídica.

Recordá que para cualquiera de estos casos, debes gestionar el turno de manera anticipada y respetando el cronograma establecido de fechas según termina tu DNI o CUIT, según el caso.

– Necesito retirar dinero del cajero automático, ¿puedo ir cualquier día?

Si. Podés ir al cajero automático cualquier día y a cualquier hora que se encuentre más cerca de tu casa. Además, las operaciones por cajero automático no generan cargos ni comisiones, seas o no cliente de la entidad financiera, hasta el 30 de junio.

También podés retirar dinero en comercios o puntos de extracción adheridos, como supermercados o farmacias más cercanos.

– No soy cliente habitual del cajero automático más cerca de casa, ¿puedo retirar dinero igual?

Sí. Todas las personas humanas y jurídicas podrán efectuar extracciones de al menos 15.000 pesos diarios, sin importar si son cliente o no de la entidad propietaria del dispositivo y la red que lo administra. NO podrán cobrarte comisiones ni cargos en ningún caso.

¿Puedo ir a una casa cambio?

No. Las casas de cambio permanecerán cerradas para la atención al público presencial. No obstante, podrán operar en forma remota.

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