El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto de «Ley Ómnibus», en la que incluyó un blanqueo de capitales para activos en el país y en el exterior. El mismo prevé a través de incentivos fiscales que aquellos que tienen sus bienes no declarados, regularicen su situación.

«Se crea un nuevo régimen para la regularización excepcional de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social con el fin de promover un sinceramiento de la economía y promover la inversión privada. En términos tributarios, también se implementan programas de regularización y modificaciones en bienes personales e impuestos internos», menciona el proyecto.

La posibilidad de aplicar al «Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social» contempla obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2023 y alcanza a sujetos residentes y no residentes, que podrán adherirse al régimen desde la puesta en vigencia de la ley, en caso de aprobarse, hasta el 30 de noviembre del próximo año.

El blanqueo se llevará a cabo en tres etapas. En la primera, que se extenderá hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; en la segunda etapa la fecha límite será el 31 de agosto y se abonará un equivalente al 10% sobre el total de los bienes declarados; y la última etapa, con una alícuota de 15%, finalizará el 30 de noviembre. En ningún caso AFIP cobrará el impuesto si se declaran menos de US$100.000.

Los activos ubicados en Argentina que están previstos dentro del régimen son, entre otros, dinero en efectivo en moneda nacional o extranjera, participaciones accionarias, inmuebles, títulos valores (bonos, acciones, obligaciones negociables, entre otros), bienes muebles, créditos de cualquier naturaleza y bienes intangibles.

En el caso de los bienes ubicados en el extranjero, además de los mencionados anteriormente, se incorpora la tenencia de criptomonedas. Asimismo, la norma prevé que en ningún caso se podrán blanquear tenencias en paraísos fiscales.

Para determinar la base imponible, habrá un «tipo de cambio de regularización» que será fijado por el Poder Ejecutivo.

Los contribuyentes que adhieran al régimen quedarán «liberados de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes, créditos y tenencias que se declaren».

 

EXCLUSIONES AL RÉGIMEN

Dentro del proyecto de ley se excluye a los «funcionarios públicos» que hayan desempeñado cargos hasta el 30 de noviembre de 2023, inclusive, y hasta la fecha de entrada en vigencia de la norma.

Asimismo, quedan excluidos los «familiares de los funcionarios públicos», tanto cónyuges como ascendientes, descendientes y ex cónyuges, «que hubieran sido cónyuges durante el tiempo en el que dichos sujetos se desempeñaron en los cargos detallados».