MARTES, 26 DE NOV

El proyecto de ley de Alivio Fiscal a entidades sin fines de lucro recibió media sanción

El proyecto de ley presentado por Sergio Massa y apunta a beneficiar clubes de barrio, bibliotecas, cuarteles de bomberos, ONGs y sociedades de fomento.

 

Se trata de un alivio fiscal para impulsado por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, que busca favorecer a la mayor cantidad de los contribuyentes más afectados con el menor costo fiscal posible, principalmente clubes de barrio, bibliotecas, cuarteles de bomberos, ONGs y sociedades de fomento.

Carlos Heller afirmó que es “un proyecto de gran importancia por la cantidad de personas que van a obtener un beneficio concreto”. “La idea es que los contribuyentes tengan los mecanismos necesarios para regularizar deudas que se han acumulado por la pandemia”.

En calidad de miembro informante, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja, explicó que la propuesta comprende deudas vencidas hasta agosto pasado, por un monto total inferior a $100.000. Aunque aclaró que el alivio fiscal debe alcanzar a todas las deudas y no limitarlas solo a deudas posteriores al 1 de agosto, como decía el proyecto original. “Para atrás no tiene fecha de vencimiento entonces”.

Quedan excluidas las deudas originadas en concepto del Aporte Solidario y Extraordinario, por cuanto esa era una ley que se aplicaba solo a las grandes fortunas, “y acá estamos hablando de pequeños contribuyentes”.

Este capítulo de la norma permitirá la rehabilitación de moratorias caducas y alcanzará a contribuyentes que entraron a la última moratoria pero que se vieron impedidos de hacer frente a los pagos y perdieron el beneficio. “Se les permitirá rehabilitar el plan con similares beneficios a la moratoria original”, precisó Heller.

Por otro lado, detalló que al 31 de agosto de este año se registraban 105.901 contribuyentes, el 15,7% del total que presentaron moratoria, de los cuales el 60,2 son microempresas y el 1,5 pequeñas y medianas.

Además se expresó sobre la ampliación de la moratoria por deudas posteriores y deudas no regularizadas: “Se amplía la moratoria para los contribuyentes que acumularon deuda líquida posterior al 1 de agosto de 2020, pero también anteriores a la fecha y que no fue regularizada. También alcanza infracciones relacionadas con dichas obligaciones. “Este capítulo alcanza el 85% de los contribuyentes que no cayeron en caducidad, y a otros que no tenían deudas regularizadas”, puntualizó el legislador kirchnerista.

En este conjunto, dijo Heller, la deuda incluida es de 564 mil millones de pesos. También se establece la condonación total de los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros.

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