Siete empresas que controlan el 85% de las exportaciones totales del complejo sojero fueron denunciadas por triangulaciones en compras a Paraguay y sobrefacturación de importaciones por casi cuatro millones de dólares. Según pudo conocerse en las últimas horas a partir de una investigación llevada adelante por la Aduana, estas grandes firmas agroindustriales traían poroto de soja desde Paraguay para procesar y reexportar, pero declaraban importaciones con 30% de sobreprecio con el objetivo de obtener los dólares del Banco Central y colocar la diferencia en el exterior.

Las firmas que están bajo proceso de investigación, según informó la Aduana, son las empresas Aceitera General Deheza, Bunge Argentina, Cargill, Cofco International, LDC Argentina SA (Louis Dreyfus Company), Molinos Agro SA (Molinos Río de la Plata) y Viterra Argentina SA (vinculada a Vicentin).

Las operación que estas firmas llevaron adelante consistió en una triangulación de la facturación a través de un intermediario, que en este caso fue una trader suiza. El insumo arribaba al país con un 30% de sobreprecio en comparación al valor en puerto de origen. Así es que se obtenían los dólares del Banco Central a precio oficial para abonar la importación, pero con ese excedente de 30% que luego era fugado al exterior.

Al explicar estos movimientos, el informe de la investigación desarrollada por la Aduana pone de ejemplo uno de los casos analizados y narra la siguiente operatoria: Agropecuaria XX S.A., de Paraguay, le vendió porotos de soja a la firma ZZ en Suiza, el 19 de enero de 2022, a un valor de 473,88 dólares la tonelada. Unos 23 días después, el 11 de febrero de 2022, ZZ le vende a la cerealera YY, de Argentina, el mismo producto a 625,60 dólares la tonelada. Sin embargo, el traslado físico del producto es de Paraguay a Argentina, sin pasar por ningun destino intermedio. La triangulación de la facturación (Paraguay-Suiza-Argentina) tendría, entonces, el único fin de concretar la sobrefacturación.

Esta explicación está en el informe oficial que difundió Página 12. El texto también acentúa la «oportunidad de desarticular esta planificación fiscal pluriofensiva a través de la cual se utiliza un intermediario instrumental que no tiene otro fin que el de sobrefacturar la importación temporal, para efectuar un excesivo e infundado giro de divisas al exterior».

Los resultados cuantificados

El Departamento de Fiscalización Externa de la Aduana recibió la instrucción de auditar las importaciones temporarias de porotos de soja a partir de 2019 y hasta la actualidad. En total fueron analizados más de 3.000 operaciones, donde se detectaron los desvíos y se cursaron los requerimientos de justificación a las respectivas cerealeras.

Un relevamiento de la Bolsa de Comercio de Rosario identificó que la participación de cada una de estas firmas en las exportaciones de 2022 del complejo sojero resultaron ser las siguientes: Viterra, 21%; Cargill, 13%; AGD (Deheza), 13%; Molines Agro, 11%; Dreyfus, 10%; Bunge Argentina, 8%; y Cofco (ex Nidera), 8%. Dicho informe fue recogido por Raúl Dellatorre, quien también destacó que todas las nombradas fueron denunciadas «por declaración inexactas tipificada en el art. 954 inc. a) y c) del Código Aduanero».

El analisis de las importaciones temporarias bajo la lupa del Departamento de Fiscalización Externa de la Aduana reconoció que el importe declarado en las operaciones asciende a 16,2 millones de dólares, mietnras que los fiscalizadores determinaron uno de 12,3 millones.

En detalle, observaron «una diferencia por sobrefacturación en los insumos de importación temporaria de 3.898.646,35 dólares», un 31% del valor del producto importado en país de origen.

En esa línea, también es advertido que el valor declarado del insumo importado temporalmente representa el 93,13% del valor de venta declarado en la exportación del producto procesado. Si uno sumaran al costo del insumo los correspondientes a costos de producción (mano de obra, otros insumos del proceso y energía), seguros, gastos administrativos y de estructura, «podría advertir con claridad la irrazonabilidad del negocio comercial y la inexplicable intervención del intermediario en la operación».

Según el documento de la Aduana, como consecuencia de la alta incidencia del costo de importación temporaria (deducible) en el precio final de exportación, los derechos de exportación liquidados por dichas operaciones apenas alcanzaron a 264.689 dólares. Lo determinado por el Departamento de Fiscalización asciende a 1.160.991 dólares. Es decir, se dejaron de pagar por retenciones 896.302 dólares (el 77,2% del valor determinado por el fisco).

El analisis de Fiscalización, por último, afirma que «en atención a lo expuesto, y a que las empresas si bien declaran que existe vinculación con el intermediario, declaran que ello no ha influido en el precio de la mercadería importada, se entendió que correspondía formular denuncia por declaración inexacta tipificada en el art. 954 inc a) y c) del Código Aduanero, y que se efectúe la correspondiente liquidación tributaria, por ante la Aduana de registro de las operaciones».

«Asimismo -completa- se entiende que corresponde poner en conocimiento a la DGI y al BCRA de las situaciones advertidas para la intervencion en el marco de sus respectivas competencias».