MARTES, 26 DE NOV

Fumigaciones en Sastre: la Corte Suprema decidirá si prohíbe los agroquímicos cerca de la ciudad

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe falló a favor de la resolución que prohibía las fumigaciones con agroquímicos en un radio de mil metros del casco urbano y, tras la apelación de productores y de la Municipalidad, ahora el caso deberá ser resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. 

Por Germán Ulrich para Télam

 

Un grupo de vecinos de la ciudad de Sastre y Ortiz logró, luego de una batalla judicial de cinco años, que la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe ratifique una sentencia que impide fumigar con agroquímicos a menos de mil metros del radio urbano, ante lo cual el municipio local recurrió en queja a la Corte Suprema de la Nación.

Los vecinos presentaron un amparo ambiental colectivo debido a la proliferación de problemas de salud que adjudican a la fumigación con agroquímicos a pocos metros de la población, que motivó una sentencia favorable del juez en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de Rafaela, Duilio Hail.

Hace unos días, la Corte Suprema de Justicia provincial ratificó el fallo de primera instancia, que ya había sido avalado por la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela, y rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el municipio y un grupo de productores agrícolas.

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El pronunciamiento de la Corte santafesina indica que “la Cámara resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que, en lo que aquí resulta de interés, había hecho lugar a la acción de amparo colectivo ambiental, declarando la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 9 segundo punto de la ordenanza municipal número 1174”.

De esa forma, el máximo tribunal provincial dictaminó como válido que se establezca “un perímetro de exclusión o reserva de 1.000 metros a contar desde el límite de la planta urbana de la localidad de Sastre y Ortiz dentro del cual quedan prohibidas las fumigaciones terrestres con todo tipo de agroquímicos”.

Respecto de la presentación ante la Corte nacional, el abogado Rafael Colombo, perteneciente a la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, sostuvo ante una consulta de la agencia de noticias Télam que la decisión “puede demorar mucho tiempo” debido a que “no hay plazos estipulados y son escritos complejos que el máximo tribunal debe analizar detenidamente”.

De todas formas, aclaró que el fallo que prohíbe fumigar a menos de mil metros “está en plena vigencia” y, en lo que respecta a fallos que restringen o prohíben fumigaciones con agrotóxicos, mencionó como antecedente los casos en Cañada de Gómez, San Jorge, Arequito, Rafaela y muchas otros distritos del país.

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El caso comenzó en 2018, cuando Ainalén Viñuela fotografió desde la ventana de su casa a un “mosquito”, como se llama a la máquina que aplica agroquímicos, que estaba fumigando en un campo situado cruzando la calle.

La mujer se reunió con vecinos que tenían familiares con enfermedades y se inició un camino que primero tuvo una etapa en el Concejo Municipal, que en ese momento tenía una ordenanza que permitía fumigaciones a 100 metros del pueblo, y que propuso extenderla a 200 metros.

Poco después se sumaron a la lucha los padres de Zoe Giraudo, una niña en tratamiento oncológico, a quienes un concejal les sugirió que fueran a la Justicia porque ellos “no podían hacer nada”.

Ante ello acudieron a la Procuración General de la Corte santafesina, donde les hablaron de la figura de amparo ambiental colectivo, que concretaron en la Justicia de San Jorge, donde obtuvieron sentencia favorable en el juzgado de Daniel Zoso pero que una revisión dejó sin efecto.

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Ya en 2020, el juez rafaelino Duilio Hail dictó una cautelar de 800 metros de protección, lo que fue apelado por productores y el municipio de Sastre y Ortiz, pero en agosto la Cámara de Apelación no hizo lugar, en tanto un mes después el mismo magistrado dictó sentencia de una distancia de 1.000 metros para fumigaciones terrestres.

En declaraciones a Télam, Ainalén Viñuela celebró que “la Corte Suprema provincial volvió a ratificar la sentencia judicial de 1.000 metros y además reconoció como válido el recurso de los vecinos de presentarse en un amparo ambiental colectivo porque entiende que se debe proteger el derecho a la salud, la vida y un ambiente sano, antes de que las cuestiones económicas”.

La mujer añadió que Sastre “es una zona agrícola ganadera, donde los campos están muy pegados a la zona urbana”, y detalló: “Nosotros hicimos un relevamiento casa por casa, hablando con cada vecino, y es impresionante los casos de tiroides, malformaciones genéticas, embarazos interrumpidos, problemas de piel, de cáncer, entre tantos otros, que son provocados por los agroquímicos”.

Viñuela aclaró que la lucha “no es contra de los productores”, sino que “solo pedimos un ambiente sano y libre de agroquímicos donde vivir”.

“Ellos lo tomaron como algo en su contra y lo que más molestaba era que un grupo de 40 vecinos, sin un peso, sin gastar nada de plata pero con un objetivo firme, ganáramos esta lucha”, opinó.

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