La Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y las cámaras empresarias del sector llegaron a un acuerdo salarial que terminó con el conflicto vinculado a la perdida del poder adquisitivo de los trabajadores de la actividad.

El gremio liderado por Abel Furlán pactó en el Ministerio de Trabajo con las cámaras ADIMRA y AFARTE (electrónicas) otorgar un aumento acumulativo por el trimestre, que será de 20% en julio, 9% en agosto y 9% en septiembre. Esto culminará en una mejora del 42,6% en los ingresos de los metalúrgicos.

A esta suba porcentual debe sumarse un bono de 60.000 pesos para cada uno de los trabajadores por el Día del Metalúrgico, que será abonado en dos cuotas de 30.000 pesos con los salarios de agosto y septiembre.

Asimismo, las partes fijaron que en el último trimestre de 2023 los metalúrgicos cobrarán un piso de incremento salarial del 7% mensual a cuenta de lo que informe el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de cada período.

Cabe recordar que el Ministerio de Trabajo había dictado el pasado jueves la conciliación obligatoria por el conflicto generado tras la definición del gremio de implementar un cese de actividades por seis días en pedido de mejoras salariales.

En detalle, estos son los puntos del acuerdo:

– Aumento del 20% a partir del 1 de julio de 2023, sobre los salarios básicos vigentes al 30 de junio de 2023.

– Aumento del 9% a partir del 1 de agosto de 2023, sobre los salarios básicos vigentes al 31 de julio de 2023.

– Aumento del 9% a partir del 1 de septiembre de 2023, sobre los salarios básicos vigentes al 31 de agosto de 2023.

– Aumento provisional del 7% a partir del 1 de octubre, sobre los salarios básicos vigentes al 30 de septiembre.

– Aumento provisional del 7% a partir del 1 de noviembre, sobre los salarios básicos vigentes al 31 de octubre.

– Aumento provisional del 7% a partir del 1 de diciembre, sobre los salarios básicos vigentes al 30 de noviembre.

– Los incrementos provisionales quedarán sujetos a los índices oficiales de inflación dados a conocer oportunamente por el INDEC en los períodos mencionados.

– Gratificación extraordinaria no remunerativa de $60.000 para todas las ramas y categorías: se abonará en dos cuotas de $30.000 con los sueldos de agosto y septiembre.

– La suma será proporcional en el caso de los trabajadores que cumplan trabajo a tiempo formal o jornada reducida.