SáBADO, 30 DE NOV

Los alquileres subirán casi 90% en febrero: ¿cómo calcular el nuevo monto de la renta?

Aquellos inquilinos a quienes el contrato de alquiler se les actualice en febrero, sufrirán un aumento del 86% en la renta. A continuación, se especifica cómo calcular el incremento y conocer a cuánto se irá el monto. 

 

Por el avance de la inflación, la renovación anual de alquileres prevista por ley representa un dolor de cabeza cada vez más significativo para miles de familias. La Ley de Alquileres establece ajustes anuales contemplando la variación de la inflación que mide el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y la de los salarios, que establece el RIPTE.

Los inquilinos que firmaron un contrato en febrero de 2022, percibirán el próximo mes un aumento de alrededor del 86%. En enero, el incremento rondó el 81%.

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Una persona que, por ejemplo, pagó $50.000 en los últimos doce meses (período de febrero de 2022 a febrero de 2023), comenzaría a abonar $92.937 desde febrero 2023.

¿Cómo calcular el aumento de febrero?

Para calcular el aumento del precio del alquiler, tanto los propietarios como los inquilinos pueden consultar el Índice de Contratos de Locación (ICL) que publica todos los días el Banco Central, y contempla la variación de la inflación (según el Índice de Precios al Consumidor IPC del Indec) y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

Para aplicar el ajuste en base al ICL, se debe utilizar una fórmula teniendo en cuenta el valor de dos fechas: la del inicio de la última actualización de valores y en la que se hará el aumento.

El índice se puede consultar ingresando a la página web del Banco Central, haciendo click en la pestaña “Estadísticas” y en “Principales variables”. Luego, en la opción “ICL”, que se encuentra al final del listado.

El usuario deberá seleccionar las fechas de inicio y finalización del período que se quiere consultar.

Primero se debe colocar la fecha en la que se concretó la última actualización, para saber cuál era el índice en ese momento, y en la que se hará el ajuste. Luego, tomar el precio actual del alquiler y dividirlo por el valor del primer índice.

Retomando el ejemplo anterior, en este caso se deberá dividir los 50.000 (valor del alquiler hasta el 31 de enero de 2023) por 1,77 (índice de la última actualización, que data del 1 de febrero de 2022). El resultado de esta operación da 28.248,58.

Por último, se debe multiplicar ese monto por el índice de la fecha en la que cambia la cifra del alquiler. Al multiplicar los 28.248,58 por 3,29 (índice de locación para el 1 de febrero de 2023), se obtiene 92.937,85: el precio de renta mensual que los inquilinos deberán pagar a partir del segundo mes del año, por el plazo de doce meses. 

En conclusión, la fórmula que se debe aplicar es el total del alquiler dividido por el índice de la fecha del año anterior y multiplicarlo por el índice del día en que se aplicará el aumento sobre el mismo. El valor que arroje será el importe del alquiler que el inquilino deberá abonar durante todo el año.

Según la Ley de Alquileres vigente, el plazo mínimo para los contratos de alquiler de vivienda es de 3 años. En los contratos el precio del alquiler se debe fijar como valor único, por períodos mensuales y solo se pueden realizar ajustes anuales.

Hasta fines de junio de 2020, antes de ser promulgada la Ley de Alquileres (27.551), el precio se definía cuando se firmaba el contrato, y ese monto total se dividía por los 24 meses de duración del alquiler y, en general, se pactaba con subas semestrales.

A partir de la nueva ley, los alquileres se ajustan una vez por año con una fórmula compuesta en un 50% por la evolución de los salarios (índice Ripte) y 50% por la evolución de la inflación que mide el Indec (IPC).

Otro de los cambios de la normativa fue que el mes anticipado y el depósito de garantía que deben abonar los inquilinos no pueden ser mayores que el equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. En tanto, el plazo mínimo del contrato se amplió de dos a tres años.

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