JUEVES, 28 DE NOV

Suspenden elecciones en asociaciones sindicales: se prorrogarán mandatos actuales

La medida, efectivizada a través de la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 238/20 y publicada este martes en el Boletín Oficial, se da en el medio de los desórdenes institucionales generados por las medidas de prevención ante el avance de la pandemia Covid-19.

El gobierno nacional definió este martes que quedarán suspendidas hasta el 30 de septiembre de 2020 los procesos electorales de todas las asociaciones sindicales, incluidas asambleas y congresos, tanto ordinarios como extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o la aglomeración de personas.

A tal efecto, serán prorrogados los mandatos de los miembros de los cuerpos directivos, deliberativos, de fiscalización y representativos de las asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones registradas ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social).

Lo mismo aplicará para los mandatos de los delegados de personal, comisiones internas y órganos similares que hubieran vencido después del 16 de marzo de 2020 (fecha “de corte” establecida).

La medida, efectivizada a través de la Resolución de la Secretaría de Trabajo Nº 238/20 y publicada este martes en el Boletín Oficial, se da en el medio de los desórdenes institucionales generados por las medidas de prevención ante el avance de la pandemia Covid-19, en especial el decreto que establece como obligatorio el distanciamiento y aislamiento social.

Según aclara el tercer artículo de la resolución, quedan exceptuadas de la prórroga de mandatos aquellas asociaciones sindicales, federaciones y confederaciones que hubieran culminado su proceso eleccionario de renovación de autoridades con anterioridad al 16 de marzo de 2020.

La Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales deberá registrar en el sistema DNAS las prórrogas dispuestas y emitir, en caso que así sea solicitado, nuevos certificados de autoridades.

Por último, será menester de las asociaciones sindicales, de conformidad a sus estatutos y legislación vigente, emitir las certificaciones correspondientes que den cuenta de la prórroga de mandatos, respecto de los representantes sindicales en las empresas y de las autoridades de los órganos de dirección y fiscalización de las seccionales, en todas sus formas.

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