MIéRCOLES, 27 DE NOV

El gobierno envió al senado una norma complementaria de la ley de ART

El argumento central del Ejecutivo es que "en la actualidad la mayoría de las contingencias amparadas por la Ley de Riesgos del Trabajo se reclaman a través de demandas laborales que evitan la obligatoria intervención previa de las comisiones médicas jurisdiccionales".

El Gobierno envió al Senado un proyecto de ley complementario de la norma que rige a las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) con el fin de disminuir los litigios laborales.

En la iniciativa, que ingresó a la Cámara alta el último jueves por la noche, el Poder Ejecutivo argumenta que se viene dando «una proliferación de litigios individuales que ponen en riesgo la finalidad de la ley» de Riesgos de Trabajo.

Por esa razón, el proyecto propone que la intervención de las comisiones médicas constituya «la instancia de carácter obligatorio y excluyente» para que el trabajador afectado «solicite u homologue el otorgamiento de las prestaciones dinerarias en forma previa a dar curso a cualquier acción judicial».

En este sentido, la iniciativa «invita a las provincias» a que «deleguen en la Nación la sustanciación y resolución de los procesos administrativos propios de las comisiones médicas jurisdiccionales vinculados a la reparación de las contingencias».

También propone la creación del «Autoseguro Público Provincial», con el objetivo de «facilitar» a las provincias «en su calidad de empleadoras por sí y a través de sus comunas, una alternativa eficaz a los institutos de protección de los riesgos del trabajo que ofrece hoy el sistema».

El proyecto establece que «los autoasegurados públicos provinciales tendrán idénticas obligaciones que las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo» y que «el autoseguro público de cada provincia podrá admitir la incorporación de sus municipios».

Si bien se trata de un proyecto de ley complementaria, la iniciativa del Gobierno también propone modificaciones a la Ley de Riesgos de Trabajo, por ejemplo, ampliar el plazo del cese de la situación de incapacidad laboral temporaria, que actualmente es de un año desde la primera manifestación invalidante, a dos años.

También modifica el cálculo por el cual se determina el monto de las indemnizaciones por incapacidad laboral definitiva, consignado en la Ley de Riesgo de Trabajo como «ingreso base».

Actualmente el ingreso base es «la cantidad que resulte de dividir la suma total de las remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones, devengadas en los 12 meses anteriores a la primera manifestación invalidante» y «el valor mensual del ingreso base resulta de multiplicar la cantidad obtenida por 30,4».

El proyecto del Poder Ejecutivo, en cambio, determina que «a los fines del cálculo del valor mensual del ingreso base se tendrá en cuenta el promedio de los últimos cuatro salarios normales y habituales inmediatamente anteriores a la primera manifestación invalidante».

«Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa Cartera General nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación», agrega.

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