MARTES, 26 DE NOV

Comercios ya no deberán pagar retenciones por pagos con tarjetas: ¿qué significa para los consumidores?

Por decisión del Gobierno nacional, a partir del 1 de septiembre los comercios ya no deberán pagar las retenciones que se aplicaban en materia de IVA e Impuesto a las Ganancias cuando los clientes pagaban con tarjetas de débito o crédito. La medida no es del todo buena para las provincias, que verán recortados sus ingresos.

 

En el marco de la reglamentación del Paquete Fiscal, el gobierno de Javier Milei eliminó las retenciones de Ganancias e IVA para los comercios en las ventas que se paguen con tarjetas de débito, crédito, compra y similares. A causa de estos impuestos, en el último tiempo cada vez más negocios ofrecían descuentos –generalmente del 10%– para quienes abonen en efectivo.

La Resolución 780/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Economía Luis Caputo, recordó que las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago, como así también las entidades financieras, sólo podían realizar “retenciones impositivas en tanto y en cuanto los montos que procesen excedan el equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs) mensuales por contribuyente”.

En este sentido, se ordenó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) deje sin efecto, para los pagos que se efectúen a partir del 1 de septiembre, estas retenciones de los impuestos al valor agregado (IVA) y a las Ganancias.

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“Entre los objetivos prioritarios del Estado Nacional se encuentra la lucha contra la evasión, fomentando la utilización de los medios de pago que otorgan mayor transparencia y formalidad a la economía del país”, señaló la resolución, que advirtió que, con la eliminación de estas retenciones, el Ministerio de Economía podrá identificar mejor la facturación de los comercios.

Con la eliminación de estas retenciones, el Gobierno busca “evitar la obstaculización de las operaciones perfeccionadas a través de los medios de pago sobre los que inciden, impulsando su desarrollo en la economía con el objetivo de formalizar las transacciones, fomentar la inclusión financiera y reducir los costos de los sistemas de pagos”.

¿Qué representaban estas retenciones para los comerciantes?

La eliminación de estas retenciones implicará una baja en los costos de operación que tenían los comercios y hay quienes se ilusionan con que esta medida repercuta en el precio final de los bienes y reactive el consumo, en un escenario de recesión.

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Cuando un comercio registrado en la Afip como Responsable Inscripto hacía una venta y la misma se pagaba con tarjeta de débito o crédito, la empresa proveedora del servicio aplicaba una retención a cuenta, es decir, que se tenía que ir abonando por anticipado.

Para evitar pagar estas retenciones –que se llevan entre un 4% y un 12% del importe– muchos comerciantes trataban de desactivar los pagos con tarjetas y ofrecían descuentos en efectivo o transferencias o recargos en los abonos con plásticos.

La pelota quedó del lado de las provincias

El artículo 2º de la Resolución 780/2024 invita a que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dejen “sin efecto los regímenes de retención de tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos” que se realicen con tarjetas.

La medida no es del todo buena para los gobernadores, dado que las retenciones de Ingresos Brutos aplicadas a los medios de pagos eléctricos son una gran fuente de recaudación y no será sencillo reemplazarla.

Esta acción también permitirá que, si hay provincias que no adhieren a la medida, desde Casa Rosada responsabilicen a su gobernador cada vez que alguna empresa se queje por la carga impositiva o en caso de que los precios aumenten más del promedio, acusándolos de no recortar sus gastos y seguir cobrando una retención que Nación eliminó.

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