VIERNES, 29 DE NOV

La motosierra llegó a la salud: Milei recortó los subsidios a las obras sociales

A partir del 1 de mayo, los subsidios a las obras sociales representarán el 3% de la recaudación total de estos agentes y se repartirán de forma proporcional a la cantidad de afiliados. Hasta el momento, estas asistencias representaban el 5% de los fondos.

 

A través del Decreto 355/2024, publicado a primera hora de este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Javier Milei implementó cambios en el Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) que reciben las obras sociales. Hasta el momento, estos refuerzos se entregaban sobre el 5% del total de la recaudación, mientras que a partir de mayo ese número se reducirá al 3%.

Hace casi doce años atrás, la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner publicó el Decreto 1609/2012, que estará vigente hasta el 30 de abril, mediante el cual se sentaban las bases de distribución del subsidio a las obras sociales.

Del total de la recaudación de los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud –es decir, las obras sociales–, la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) tomaba como base de reparto un 5%.

Artículos 2º y 3º del Decreto 1609/2012, que recientemente fueron modificados y eliminados, respectivamente, por Milei.

El 20% de este 5% de la recaudación total era distribuido “en partes iguales” a todas las obras sociales con más de 5.000 afiliados. El 80% restante se repartía entre estos agentes “en forma directamente proporcional al número de afiliados”.

En el caso de las obras sociales que tenían menos de 5.000 afiliados y cuyo ingreso mensual promedio por asociado era inferior a la media de todo el sistema, también recibían una compensación mensual que les permitía equiparar el promedio del sistema.

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Sin embargo, el decreto publicado este jueves cambió las reglas: a partir del 1 de mayo el subsidio a las obras sociales ya no se entregará sobre el 5% de la recaudación total, sino sobre el 3%.

El primer artículo del decreto de Milei establece: “El Subsidio de Mitigación de Asimetrías (SUMA) será distribuido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en forma automática y a mes vencido, ente los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud. El 3% de la recaudación mensual correspondiente a los aportes y contribuciones se distribuirá en forma directamente proporcional al número de afiliados de cada Agente”.

De esta forma, ya no habrá diferenciales ni adicionales para aquellas obras sociales según la cantidad de afiliados que tengan, sino que todos los recursos se distribuirán sobre el 3% de la recaudación total, de forma proporcional a la cantidad de asociados.

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El decreto, que lleva la firma del presidente, del Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y del ministro de Salud, Mario Russo, también deroga el artículo 3º del decreto del 2012, que advertía que “el monto del subsidio que reciban los Agentes de más 50.000 afiliados no podrá ser menor al 1,5% del total de su recaudación ni superior al 8,5% de la misma”.

Finalmente, el documento detalla que el decreto entrará en vigencia “el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”. Es decir, comenzará a regir a partir del miércoles 1 de mayo.

Entre los considerandos del decreto, se indica que los cambios se deben a que hubo “distorsiones en la distribución de recursos, alejándose de los principios de equidad y justicia distributiva que debe regir el Sistema Nacional del Seguro de Salud”.

Concretamente, se cuestionó que un 20% de los montos que iban a subsidios se repartían en partes iguales entre las obras sociales con más de 5.000 afiliados. Para el Gobierno, esto “no contempla de manera adecuada las diferencias en las necesidades y costos asociados a la prestación de servicios de salud a poblaciones de distinto tamaño y características”.

Por otro lado, señalaron que la compensación económica mensual para las obras sociales con menos de 5.000 afiliados “no ha logrado los resultados esperados en términos de equidad y, en cambio, ha generado incentivos no deseados y distorsiones en la asignación de recursos”.

“Por su parte, el artículo 3° del Decreto N° 1609/12, al fijar un mínimo en el subsidio que pueden recibir los Agentes de más de 100.000 afiliados, se ha identificado como un factor regresivo en la distribución de recursos, contraviniendo los principios de solidaridad y equidad que deben caracterizar al sistema. Por el contrario, el inciso b) del artículo 2° de la referida norma, al establecer un esquema de distribución del subsidio en forma directamente proporcional al número de afiliados de cada Agente, representa un modelo de asignación de recursos que promueve la equidad y la progresividad, asegurando que la asignación de fondos se realice de manera justa y acorde a las necesidades de cada población beneficiaria”, observaron las autoridades en el decreto.

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