SáBADO, 30 DE NOV

Ganancias: estos son los puntos principales del proyecto aprobado en Diputados

El proyecto de ley para modificar el impuesto a las Ganancias para los trabajadores crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) al mes.

 

La Cámara de Diputados aprobó este martes por la noche el proyecto de ley que presentó el ministro de Economía, Sergio Massa, que modifica el Impuesto a las Ganancias para eliminar la cuarta categoría y llevar el piso a $1.770.000 pesos. Ahora, con media sanción pasó a Senadores para su aprobación final.

El proyecto de ley que elimina el pago del tributo para los trabajadores, crea un nuevo impuesto sobre los ingresos a partir del equivalente a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM) al mes, con una alícuota progresiva sobre el excedente que va de 27% a 35% y se actualiza con el valor del SMVM dos veces por año.

Los puntos más importantes del proyecto:

  • Crea el nuevo «impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros».
  • Quienes obtengan los mayores ingresos, tendrán derecho a deducir únicamente, en concepto de mínimo no imponible, la suma equivalente a 180 salarios mínimos, es decir 15 SMVN al mes.
  • A partir de 12 SMVN mensuales, se deberá pagar un 27% sobre el excedente.
  • Entre más de 12 y 36 salarios mínimos, se pagará el equivalente a 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente.
  • Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, se pagará 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente.
  • Entre más de 60 y 84 salarios mínimos, se pagará 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente.
  • Para más de 84 salarios mínimos, se pagará 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.
  • Se deberá considerar al comienzo del periodo fiscal el valor del SMVM vigente al 1 de enero de ese año, el cual se actualizará el 1 de julio de cada año fiscal.
  • Las retenciones realizadas sobre los mayores ingresos netos percibidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán considerando el valor del SMVM vigente en julio.
  • Cuando se trate de empleados en relación de dependencia que trabajen, y jubilados y pensionados que vivan en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones en la de Buenos Aires, el mínimo no imponible se incrementará en un 22%.

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