Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (enviado especial)

El diputado del Frente para la Victoria-PJ Adrián Grana presentó un amparo contra los decretos 29 y 231 de 2017, por entender que la decisión del Ejecutivo faculta a “la colocación de bonos de deuda en dólares y en francos suizos poniendo como ‘garantía’ los bienes del Estado argentino”.

El legislador bonaerense solicitó a la Justicia que “le ordene el Poder Ejecutivo abstenerse de contraer nueva deuda externa cediendo la inmunidad soberana sobre los bienes del Estado, hasta tanto se resuelva la validez o no de los decretos”.

Según se desprende de la lectura del texto del amparo -que fue radicado en el fuero Federal Contencioso Administrativo- el parlamentario destacó que  “el Poder Ejecutivo decidió por un decreto simple ceder la inmunidad de esos bienes, lo cual significa que los pone como ‘garantía de pago’ ante un incumplimiento en el pago de la deuda contraída”.

Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación

Consultado por Conclusión acerca de si cree que el presidente de la Nación avanzó con sus iniciativas y administra el país con políticas contrarias a los intereses de las mayorías, el legislador respondió que “se trata de un nuevo atropello institucional del presidente Macri, quien no conforme con tomar constantemente medidas antipopulares y contrarias a los intereses nacionales, promueve este tipo de acciones intentando sortear al Congreso”.

Seguidamente, el diputado del FpV indicó que el “escrito fue presentado por el responsable del Frente de Abogados de Nuevo Encuentro, Sergio Zurano” y agregó que consigna que “el artículo 75 inciso 5 de la Constitución dice que el Congreso tiene la facultad de disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional”.

En otro tramo del amparo interpuesto, y para que no queden dudas acerca de que poder del Estado ostenta competencia para realizar actos jurídicos que afecten la integridad patrimonial, Grana sostuvo a este medio que fundamentó que “únicamente puede poner algo en garantía quien tiene la facultad de disponer o enajenar, porque si no estaría colocando un bien en garantía, del cual no puede disponer, como en este caso”.

Además, el parlamentario observó que no puede leerse “este acto temerario del presidente, que lesiona la división de poderes” sin tener en cuenta “la historia reciente de la deuda pública argentina, en donde un juez de Nueva York condicionó el presente y el futuro del país por una interpretación capciosa de una cláusula contractual (pari-passu), exigiendo el pago de una suma multimillonaria de dólares por unos bonos defaulteados que habían sido comprados ya defaulteados a sus tenedores originales”, recordó.

Por último, el legislador Adrián Grana señaló que alertó a los magistrados acerca de la gravedad de este acto administrativo y de los “condicionamientos que puede traer aparejado a futuro”, porque «qué hubiera pasado si esos bonos hubieran sido colocados por el Estado con la cesión de inmunidad soberana con la cual se está contrayendo la nueva deuda? Probablemente, se hubiera querido ejecutar –quizás con éxito– el pago de esa deuda ilegítima con los recursos».

Nota relacionada

«El Gobierno se comprometió a bajar salarios, endeudarnos y renunciar a nuestros recursos naturales»