Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (enviado especial)

El senador Julio Cobos presentó un proyecto en el que propone modificar el artículo 27º de la Ley Nº 26.844, correspondiente al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

La iniciativa del congresista cuyano, busca que la fecha de pago de la segunda cuota del sueldo anual complementario sea la misma que la establecida para el resto de los empleados del sector privado, es decir que la fecha tope de pago sea el 18 de diciembre, con el objeto de que los empleados puedan hacer sus compras navideñas.

El senador Cobos explicitó a este diario que la finalidad del proyecto de ley pretende radical explicó que “eliminar la asimetría entre la fecha de pago de la última cuota del sueldo anual complementario, establecida en el artículo 27º de la Ley Nº 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el personal de Casas Particulares, y el 18 de diciembre que aplica para todos los demás trabajadores del sector privado”.

El ex vicepresidente de la Nación subrayó que la reforma propuesta estipulara en su texto que “que la época del sueldo anual complementario que es abonado en dos cuotas, la primera de ellas la última jornada laboral del mes de junio y la segunda la última jornada laboral anterior al 19 de diciembre de cada año”.