Guarderías en espacios laborales: ¿Cómo impactará la reglamentación en Santa Fe?
La medida fue oficializada el pasado miércoles en el Boletín Oficial. Desde el Gobierno provincial confirman que ya tienen los registros necesarios para saber el número de empresas que serán afectadas.
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- Mar 29, 2022
Por Lautaro Zeballos
El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) reglamentó el miércoles pasado el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo, referido a las guarderías, y dio un paso fundamental para saldar una deuda histórica. La norma tendrá impacto en Santa Fe, donde alcanzará a unas 300 empresas que tienen cien empleados o más, tal lo dispuso la reglamentación.
«En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan», dice el texto del artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo. Las precisiones que demanda llegaron a través del decreto que el Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el pasado miércoles.
Con el decreto 144/2022 quedó fijado que «en los establecimientos de trabajo donde presten tareas 100 personas o más, independientemente de las modalidades de contratación, se deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y tres años de edad, que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada de trabajo», o el pago de una suma de dinero no remunerativa por ese concepto.
El PEN avanzó tras una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que ordenó empezar a aplicar el artículo. Cabe recordar que la Ley de Contrato de Trabajo entró en vigencia hace 46 años. Desde entonces carecía de reglamentación en este punto.
SANTA FE
La medida nacional tendrá impacto en el territorio santafesino. Según pudo conocer este medio, en el Ministerio de Trabajo provincial tienen registradas unas 300 empresas que cumplen con el requisito de tener 100 o más trabajadores. Serán los espacios que deberán disponer de una guardería o pagar el monto correspondiente.
«En la provincia de Santa Fe hablamos de un universo de alrededor de 300 empresas que tienen ese número de trabajadores y trabajadoras. Es una norma que se va a ir poniendo en vigencia en los plazos que la misma reglamentación indica. El Ministerio de Trabajo estableció que, desde el dictado del decreto, hay un año para adaptarse y que entre en vigencia», indicó el titular de la cartera laboral santafesina, Juan Pusineri, en dialogo con Conclusión.
Durante ese año, fijado como plazo de adaptación, el Gobierno provincial dialogará con estas empresas y los parques industriales a través del Ministerio de Trabajo y la cartera de Producción, que dirige Daniel Costamagna, para analizar cómo funcionará la norma y delinear los mecanismos de fiscalización del cumplimiento.
El decreto 144/2022 reglamenta el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, y sostiene que los empleadores cuyos establecimientos se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, podrán disponer la implementación de los espacios de cuidado de manera conjunta dentro de ese radio. Este punto y la posibilidad de reemplazar la guardería por el pago de una suma de dinero también correrá para estos 300 lugares laborales que cumplen con las condiciones fijadas en la reglamentación y están dentro del territorio provincial.
«En los Convenios Colectivos de Trabajo podrá preverse el reemplazo de la obligación prevista en la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados. El monto a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidado no terapéutico de personas no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría ‘Asistencia y Cuidados de Personas’ del Personal del régimen previsto en la Ley 26.844 (de personal de casas particulares)», especifica el artículo 4 de la publicación.
Según planteó Pusineri ante Conclusión, no es necesario que la Legislatura provincial apruebe ningún proyecto para darle lugar a la implementación de la norma. De parte del Gobierno provincial, dijo, está el mayor compromiso para garantizar el cumplimiento de la normativa emitida por el PEN.
«Se trata de una norma de fondo, así que no hace falta ningún tipo de dictado de una ley provincial. Es la reglamentación de una ley nacional. En todo caso, lo que hace la provincia es fiscalizar la aplicación de la norma o establecer mecanismos de dialogo y consulta relacionados con la aplicación, pero no hace falta un dispositivo porque funciona igual que todas las leyes de fondo», explicó el ministro de Trabajo ante este medio.
Un punto no menor está vinculado a los recursos que serán necesarios para implementar la medida. La inversión, indicó el titular del Ministerio de Trabajo santafesino, estará totalmente a cargo del sector privado. De esta manera, las 300 empresas que tienen más de 100 empleados deberán prever dentro de sus costos la obligatoriedad de la guardería o el pago del monto de reemplazo. «De todos modos hay que señalar que resta ver concretamente qué tan significativo es el impacto (económico) de la norma, ya que solo estamos hablando de (padres o madres de) menores de entre 45 días y 3 años de edad. Es decir, si tomamos el caso de la suma de dinero, no la recibiría la totalidad del personal sino aquellos que tengan hijos de esa edad», aclaró.
¿GUARDERÍAS EN LAS ESCUELAS?
El viernes 25 de marzo ingresó a la Legislatura de Santa Fe un proyecto del diputado del Frente Social y Popular-Ciudad Futura, Carlos del Frade, que busca que todos los establecimientos educativos públicos de la provincia cuenten con guarderías.
La medida apunta a tener un doble impacto: por un lado, reforzaría los mecanismos para evitar la deserción escolar; por el otro, permitiría que trabajadores docentes y asistentes escolares cuenten, mientras están en horario laboral, con un espacio de cuidado para sus hijos.
«El Ministerio de Educación deberá contar con guarderías, en todos los Establecimientos Educativos públicos, para hijas e hijos de madres y padres en situación escolar. Las mismas serán articuladas como un espacio pedagógico y no meramente asistencial», dice el primer artículo del proyecto.
En los fundamentos de la iniciativa, del Frade expone datos de la Encuesta sobre Condiciones de Vida de Niñez y Adolescencia (Ecovna), presentada en 2013 por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Organización de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef). Los mismos marcaron que en Argentina 6 de cada 10 adolescentes de 15 a 17 años embarazadas o con al menos un hijo, no asisten a la escuela.
Este medio le consultó al ministro de Trabajo de la provincia cuál es su mirada sobre esta iniciativa, pero Pusineri consideró más indicado que el Ministerio de Educación que conduce Adriana Cantero sea el encargado de analizar este tipo de proyectos.
Proyecto de Ley Guarderías en Escuelas 2022 by Conclusión Diario Digital on Scribd