Por Osvaldo La Spina

El abogado constitucionalista, doctor Iván Cullen en diálogo con Conclusión, realizó algunas consideraciones específicas con relación a las recientes designaciones de Hugo Rosatti y Carlos Rosenkrant como miembros de la Corte Suprema de La Nación que hizo por decreto el presidente Mauricio Macri.

Cullen dijo que «la Constitución Argentina establece en el artículo 99 inciso 19, la posibilidad de designar el Poder Ejecutivo a empleados que requieran acuerdos del Senado durante el receso en comisión. Pero estos nombramientos -señaló el profesional- son precarios si el Senado ya reunido rechaza el acuerdo hasta la finalización del próximo período ordinario que es el próximo 30 de noviembre del 2016″.

Los interrogantes son dos

En ese sentido, Cullen resaltó que «si esta norma es aplicable para nombrar ministros de la Corte Nacional, requieren acuerdo del Senado. Por esto, entiendo que no es aplicable para designar ministros de la Corte Suprema porque la exigencia para la designación de un integrante de ese Tribunal, concecuencias de las modificaciones extraordinarias por las reformas de 1994, exigen que el Senado preste el acuerdo con una mayoría de dos tercios de los miembros presentes y además en sesión pública». 

«Todo esto -añadió el constitucionalista- se refuerza por un decreto de «autolimitación» que dictó el ex presidente Néstor Kirchner en el 2003″ y continuó aclarando que «establece un procedimiento participativo para la designación de un ministro de La Corte Nacional. En este caso no se cumplió».

Segundo argumento

«El segundo argumento que tiene una gran importancia -según Cullen-  es la independencia del Poder Judicial que es una exigencia básica de toda república democrática que dice que quien es magistrado y mucho más integrando de la Corte Nacional, tenga una estabilidad suficientemente garantizada que impide ser reconocido por un procedimiento especial».

«Además -añadió- el juez debe tener la tranquilidad que el cargo que desempeña es estable. Por eso, estos recaudos no se dan en un nombramiento en «comisión», donde los jueces así designados queden caducos como tales si el Senado no le prestó el acuerdo o se vence el plazo máximo de su designación».

«No es correcto y es muy penoso porque al menos uno de los candidatos elegidos, el doctor Rosatti, está altamente capacitado para desempeñar tan importante función», concluyó el abogado Constitucionalista.

El doctor Iván Cullen es profesor universitario de la UNR. Académico en La Academia Nacional de Ciencias Póliticas. Integrante de La Comisión Nacional Constituyente de 1994 independiente, (M.C). Presidente del Círculo de Convencionales Constituyentes de La República Argentina. Miembro fundador y del Comité Consultivo de Asociación Argentina de Derecho Constitucional.