Desde este jueves 1° de junio, entró en vigencia la disposición del Banco Central para que cada cuenta bancaria tenga un «alias CBU», una combinación de palabras, números y signos breves que servirán para facilitar las transferencias entre usuarios y entidades, y según los últimos datos emitidos por el BCRA, hasta este miércoles 1.400.000 cuentas ya habían cambiado su denominación.

Para aclarar esta información, algo técnica pero común a todo aquel ciudadano que este «bancarizado»,  Conclusión dialogó con la contadora rosarina Patricia Deco, del estudio Deco-Cerrutti, quien dejó algunas definiciones: «Lo importante primero es remarcar la importancia del CBU, que es un número de 30 y tantos dígitos que identifica cada cuenta bancaria de manera unívoca, es decir que indica cual es el banco, sucursal, número de cuenta, si es caja de ahorro o cuenta corriente, en dólares o en pesos, y tiene un digito verificador cosa de que cuando uno lo introduce certifica que no haya un error en los números previos».

¿Para qué se utiliza el CBU?

«El CBU se utiliza para todo lo que sean pagos a través de la banca electrónica, a tal punto que hoy día organismos como API en Santa Fe o Afip a nivel nacional, toda operación (pagos de impuestos en planes de pago, anticipos de moratoria, entre otros) exigen hacerla a través del banco de forma electrónica, y ahí es donde uno debe ingresar sí o sí CBU. También se utiliza para realizar transferencias, hoy día es muy utilizado el pago a proveedores con CBU Y Cuit», sostuvo Deco.

Desde el Banco Central informaron que el nuevo código podrá estar conformado por letras, números y signos tales como el guión, el medio y el punto, y el orden será elegido por su propietario. Cada cliente contará con tantos alias como cuentas tenga en ese u otro banco. Hay que generar un «alias» distinto por cada cuenta activa, ya sea en distintos bancos o diferentes tipos de cuentas.

Como explicó el BCRA en un comunicado reciente, el formato del ‘alias CBU’ será una combinación de entre 6 y 20 caracteres y admite letras, números, guión medio y punto. Se puede usar cualquier combinación. Esta norma implica que cada titular de cuenta bancaria debió crear hasta el 31 de mayo su propio «alias CBU» pues, de lo contrario, su banco le asignará de manera automática esa nueva identificación.

¿Qué pasa si no se generó el ‘alias CBU’?

En cualquier caso, si el alias asignado no es del agrado del usuario, éste podrá modificarlo y crear uno nuevo con las palabras que desee, siempre que éstas cumplan con las características de precisión y simpleza requerida por la disposición del Banco Central.

Si un cliente o usuario ha olvidado o no se ha enterado a tiempo del plazo que vence hoy, podrá conocer su alias a través los canales electrónicos como homebanking, cajeros automáticos y banca móvil.

Sobre el nuevo sistema, la contadora Deco dice que «seguramente los bancos seguirán emitiendo las CBU largas pero lo que han querido hacer es una simplificación, haciendo este ‘sinónimo’ que al poder modificarlo uno podrá incluir fechas, direcciones o algo que le resulte recordable, ya que la cifra anterior era casi imposible de memorizar, esto es importante para el desarrollo de la banca electrónica, para simplificar».

Durante este miércoles, con la información periodística recordando el vencimiento del plazo para generar el «alias», mucha gente se volcó a hacerlo simultáneamente, colapsando las redes de comunicación de los bancos. Con algunas páginas caídas, se dificultó la realización de distintas operaciones. «En varias webs de bancos hubo inconvenientes, sobre todo para la realización de transferencias», aportó Patricia.

A la manera de las direcciones de correo electrónico, ningún usuario podrá registrar un alias que ya haya sido registrado por otra persona. Con el mismo objetivo de facilitar la utilización de transferencias bancarias, desde el 1° de junio los bancos deberán informar el nombre del originante de cada transferencia y su número de Cuit, Cuil o CDI.

Estos datos deberán estar disponibles cuando se consulten resúmenes o movimientos de cuentas a través de los canales electrónicos en un plazo no mayor a 24 horas hábiles siguientes a la acreditación de los fondos, señaló el BCRA.

Las transferencias por vía electrónica son gratuitas para los usuarios individuales sin importar su monto, según dispuso el ente monetario en abril de 2016. Desde entonces, su utilización ha crecido. En abril pasado (último dato disponible) se hicieron 6,7 millones de transferencias, lo que implica un crecimiento interanual del 33% medido en cantidad de operaciones y del 63% medido en montos.