La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la ley 27.617, que eleva el piso del pago del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría a un mínimo de 150.000 pesos, a través de la resolución general 5008/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial.

Además, determinó que más de 1.200.000 trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia cobrarán a partir de julio, en cinco cuotas consecutivas, la devolución retroactiva de lo descontado desde enero por el pago de Ganancias.

Asimismo, los cambios en Ganancias también alcanzan al aguinaldo que cobran trabajadoras y trabajadores con un salario bruto de 150.000 pesos.

La normativa de la AFIP también instrumentó las modificaciones introducidas por la ley 27.617, en relación con la eliminación del tope de edad para la deducción de Ganancias correspondiente a los hijos y las hijas con discapacidad.

Del mismo modo incorporó la deducción por pareja conviviente, antes reconocida sólo para cónyuges, y eximió al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias hasta setiembre próximo.

En el caso de las jubilaciones, no tributarán el gravamen quienes ganen por hasta ocho haberes mínimos, aunque tengan ingresos extras hasta los 164.000 pesos anuales.

Además, se mantiene el beneficio del «22% adicional» en la región patagónica, pero con una carga tributaria menor que el resto de los contribuyentes, lo que «beneficiará a alrededor de 83.500 empleados y jubilados».

Asimismo, se excluyó del pago de Ganancias al reintegro de gastos de guardería para los hijos e hijas de hasta tres años, con un monto de hasta 67.000 pesos por año.

Por otra parte, la normativa incrementó el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar la declaración jurada informativa para Ganancias y Bienes Personales a 2,5 millones de pesos.

Las claves

* Solo pagarán Ganancias quienes perciban un salario bruto mensual superior a los 150 mil pesos (124.500 pesos de bolsillo). Para calcular si se supera ese techo, se considerarán todos los importes percibidos en un mes, con excepción del aguinaldo.

*En el caso de los jubilados, se eleva el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de 6 a 8 haberes mínimos.

* 1.267.000 trabajadores, jubilados y pensionados dejarán de pagar Ganancias y otras 102.741 personas pagarían menos. En el caso de los jubilados y pensionados, solo venían pagando Ganancias unos 160 mil, cerca del 3 por ciento del total, ya que el 70 por ciento de los pasivos cobra la mínima. Ahora, de esos 160 mil, unos 130 mil dejarán de pagar y los 30 mil restantes pagarán una cifra menor.

* La ley es retroactiva al 1 de enero de 2021. Por eso se van a instrumentar devoluciones por lo pagos anteriores en cinco cuotas mensuales a partir de julio. El monto total a distribuir asciende a 50 mil millones de pesos.

* El contribuyente puede deducir actualmente 156.320 pesos anuales del impuesto a las Ganancias por su cónyuge, si este no percibe ingresos. El proyecto amplió esa deducción también a los concubinos, a quienes se define como “integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

* Además, los gastos de guardería para niños de hasta tres años no pagarán Ganancias por un tope anual de 67 mil pesos y se duplica el tope de los gastos que se pueden deducir por hijos con discapacidad pasando de 78.833 a 157.666 pesos. A su vez, se elimina el requisito de que los hijos discapacitados sean menores de 18 años.

* No se tributará el impuesto sobre los suplementos que cobra el personal militar en actividad por título terciario, realización de actividades arriesgadas o trabajo en zonas insalubres o penosas y se decidió eximir los bonos por productividad que cobran los trabajadores hasta el 40 por ciento de la ganancia siempre que no supere los 300 mil pesos.