El camino que sigue la causa por juego clandestino que investigan los fiscales de la Agencia de Criminalidad Organizada, Matías Edery y Luis Schiappa Pietra, parece haberse topado con un escollo duro de roer. Este martes, la jueza Eleonora Verón rechazó el pedido de inconstitucionalidad presentado por ambos funcionarios judiciales sobre la norma que impide investigar a un legislador en la provincia de Santa Fe.

En diciembre pasado, en una sesión especial en la Legislatura santafesina, los fiscales expusieron una serie de pruebas que implicarían al senador Armando Traferri en el entramado de una banda dedicada al juego clandestino y solicitaron formalmente el desafuero del funcionario. Pero los integrantes de la Cámara Alta votaron en contra de la medida, que sólo cosechó cuatro votos a favor, emitidos por  los senadores Marcelo Lewandowski, Marcos Castelló, Alcides Calvo y Ricardo Kaufmann.

Tras el resultado adverso, los fiscales se mantuvieron en su postura y decidieron avanzar por la vía judicial, presentando un pedido de inconstitucionalidad del artículo 27 del Código Procesal Penal de la provincia de Santa Fe, que es el que impide avanzar en la investigación contra un funcionario con fueros, a diferencia de lo que ocurre en la mayoría de las provincias argentinas.

Esa es la presentación que ayer, la jueza Eleonora Verón rechazó impidiendo así la convocatoria a audiencia imputativa del legislador y el avance de la investigación.

Prohibido investigar

Por su parte, el fiscal Luis Schiappa Piettra adelantó este miércoles que se encuentran preparando un recurso para resolver el tema ante la máxima instancia judicial de la provincia, la Corte Suprema.

En diálogo con el programa «El primero de la mañana», Schiappa Pietra apuntó que «parece que es una decisión que de nuevo agrega condimentos en una investigación que se hace más difícil todavía».

El funcionario remarcó: «Queremos que se entienda claramente, nosotros no estamos en contra de los fueros de los legisladores, eso existe en todo el mundo y está muy bien que así sea. Lo que pasa es que en Santa Fe se da una situación inédita que no existe en Argentina, en Santa Fe no se puede siquiera investigar a un legislador, entonces a nosotros eso nos pone en riesgo de poder avanzar o no avanzar en la investigación que estamos llevando a cabo”.

Además, Schiappa Pietra reveló que la vicegobernadora Alejandra Rodenas presentó una nota como presidenta del Senado, solicitando que se archive la causa contra el senador Armando Traferri, nota que ambos titulares de la Agencia de Criminalidad Organizada pidieron que se separe del legajo de la causa, ya que la consideran como una invasión de parte del Poder Legislativo sobre el Poder Judicial, violando así la independencia de poderes. Además, Rodenas pedía ser escuchada en el trámite penal y eso es «impertinente», ya que no es parte del mismo.

“En términos jurídicos esta es una situación muy simple», explicó el fiscal. «No se cual va a ser el fundamento de la resolución de la jueza, pero lo que va a terminar diciendo esa resolución es que en Santa Fe no se puede investigar a un legislador, eso es indigerible para el Estado actual del Derecho Nacional en materia de fueros. Vamos a esperar a ver que dicen esos fundamentos, obviamente no nos van a convencer en absoluto, así que desde ya estamos preparando un recurso para cuanto antes esto se pueda resolver; no podemos esperar dos años a que discutamos jurídicamente algo que no tiene mucha discusión jurídica”, manifestó Schiappa Pietra.

Fueros y desafueros 

A diferencia de lo que ocurre con los legisladores nacionales y con la mayoría de los legisladores provinciales en el resto del país, que sí pueden ser investigados sin necesidad de ser desaforados, e incluso pueden ser procesados, en la provincia de Santa Fe, el Código Procesal Penal  impide que se pueda avanzar en una investigación contra un integrante de las cámaras legislativas.

El artículo 27 del CPP específicamente señala que cuando hubiera méritos para formular acusación, «el Fiscal se abstendrá de hacerlo» y deberá solicitar el desafuero al cuerpo correspondiente.

Así, en virtud de dicha norma, ningún integrante de las cámaras legislativas, puede ser investigado, aún habiendo pruebas y sospechas fundadas,  sin que sus pares lo autoricen.

Artículo 27º – Desafuero –

Cuando hubiera mérito para formular acusación respecto de un legislador o miembro de una convención constituyente, el Fiscal se abstendrá de hacerlo y así lo declarará por requerimiento fundado, solicitando a la Cámara o cuerpo respectivo el desafuero correspondiente.

En la investigación preparatoria que brinde sustento probatorio a la decisión, no se aplicarán las disposiciones que impliquen una sujeción al proceso, o el ejercicio del poder coercitivo respecto del afectado, pero podrán recibírsele a éste las explicaciones y pruebas que quiera proporcionar. A tal efecto podrá llamárselo a prestar declaración, pero, si no concurre, no podrá forzárselo. Removido que fuera el obstáculo constitucional, se formalizará la audiencia imputativa, cesando las restricciones al procedimiento común.
Cuando el afectado fuera detenido, en los casos autorizados por la Constitución y la ley, el fiscal pondrá inmediatamente el hecho en conocimiento de la Cámara o cuerpo al que pertenezca, a fin de que resuelva sobre el privilegio y la cautela. Se pondrá también en su conocimiento la causa que existiera pendiente contra quien, estando acusado, hubiera sido elegido legislador o convencional, suspendiéndose el procedimiento a su respecto hasta que se produzca el desafuero.