La Justicia rechazó una acción de amparo de la aceitera El Cerco S.R.L., que había sido sancionada por la Dirección General de Aduanas (DGA) por faltar a la debida liquidación de divisas producto de sus ventas al exterior.

El Juzgado Federal N° 1 de Rosario rechazó el reclamo presentado por El Cerco S.R.L. y avaló la sanción aplicada por la Aduana.

La aceitera había sido suspendida del Registro de Importadores y Exportadores por faltar a la debida liquidación de divisas, y como consecuencia de la sanción que le impuso la Aduana en los términos del artículo 97 del Código Aduanero.

La sanción oportunamente tuvo lugar debido a que “vencido el plazo estipulado de 10 días, la firma no había ingresado las divisas al país, ni había garantizado la liquidación de las mismas a través de un seguro de caución para poder seguir operando en comercio exterior”, indicaron desde la DGA.

Precisaron que, además, “tras solicitar reiteradas prórrogas, la aceitera no fue capaz de demostrar ni el ingreso de las divisas correspondientes, ni reclamos ante un supuesto incumplimiento de pagos de un importador extranjero”.

“En lugar de cumplir con la normativa vigente, la empresa dedicada a la exportación de subproductos de la fabricación de aceite de soja prefirió la vía judicial y optó por presentar un recurso de amparo”, el cual fue rechazado por el Juzgado Federal N°1 de Rosario, indicó la Aduana.

El organismo estatal avanzará con la suspensión de la firma por el término de 45 días si no liquida las divisas, según se informó en un comunicado.