La Cámara de Apelación de Circuito de los Tribunales de Rosario, integrada por los jueces Ricardo Netri, Eduardo Jorge Pagnacco y René Juan Galfre, condenó a Movistar a pagar alrededor de 142 mil pesos más intereses a un consorcio de un edificio por no haber retirado una antena luego de 14 meses de finalizado el contrato vinculante.

La apelación que realizó la parte demandante se debió a que el monto indemnizatorio impuesto en primera instancia no conformaba a los integrantes del consorcio. Éstos consideraban injusto que la empresa los resarciera pagando los meses que había ocupado ilegítimamente el inmueble, más solo el 50% de dicho monto en compensación por los daños y perjuicios causados. Para la parte actora, “este tipo de condenas alienta a estas empresas a que sigan haciendo caso omiso a lo convenido en el contrato. La Cámara de Circuito les dio la razón a los propietarios del edificio Torre Guaraní, ubicado en Montevideo 2450.

La parte demandante esgrimió que durante el período en que la empresa telefónica ocupó el inmueble de forma ilegítima continuó generando ganancias, mientras que los consorcistas del edificio no tuvieron otra opción que soportar la ocupación, viéndose obligados a iniciar juicio de desalojo para poder recuperar el espacio.

Esta no es la primera vez que Movistar se ve envuelta en una situación de estas características. El año pasado debió pagar 800 mil pesos por no haber abonado, durante cuatro años, el alquiler de la terraza de un edificio ubicado en Mendoza y Entre Ríos.