La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló la Ley Antitabaco santafesina y puso limitaciones en la difusión publicitaria de las marcas de cigarrillos con el objetivo de proteger la salud.

La decisión del máximo Tribunal nacional constó en rechazar un pedido de declaración de inconstitucionalidad de la norma, planteada por la empresa tabacalera Nobleza Piccardo.

En la resolución, la Corte establece prohibiciones y limitaciones relacionadas a la publicidad y promoción de los productos derivados del tabaco, su consumo y venta. A la vez, se afirma que el poder de policía en este ámbito corresponde a las provincias, en este caso a Santa Fe, y ellas lo ejercen dentro de su territorio.

Con la firma de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco, el alto Tribunal declaró la validez de la Ley, la cual prohíbe “en todo el territorio de la provincia la publicidad directa e indirecta de los productos del tabaco destinados al consumo humano a través de la acción de fumar, cualquiera sea su medio de difusión”.

Según consideró la Justicia, la ley 12.432 presta atención al derecho a la salud e impulsó la creación del Programa de Control del Tabaquismo.

La normativa también establece la prohibición de auspiciar eventos deportivos y culturales y de participar de ellos con indumentaria que contenga publicidad de empresas o marcas dedicadas a la producción y distribución de tabaco y sus derivados.

Para los interesados, el fallo completo.