MIéRCOLES, 27 DE NOV

La Corte Suprema anuló el fallo que había habilitado el 2×1 para los represores

El máximo tribunal rechazó un recurso presentado por Jorge Humberto Appiani, un ex militar condenado a 18 años de prisión por secuestros y torturas de 27 víctimas.

Tras la polémica abierta el año pasado y luego de la intervención del Congreso, la Corte Suprema dio marcha atrás con la aplicación del beneficio del cómputo del 2×1 para los represores.

La sentencia del 3 de mayo de 2017 con la que había habilitado el beneficio para un condenado por delitos de lesa humanidad generó reacciones de todos los sectores políticos y el Congreso emitió una ley aclaratoria. Esa norma estableció que la reducción del tiempo en prisión con el cálculo del 2×1 no se podía aplicar a delitos de lesa humanidad, delitos de genocidio o crímenes de guerra.

A partir de ese escenario, la Corte informó que resolvería otros reclamos sobre el mismo tema a la luz de la norma modificada y ahora, finalmente, emitió un fallo en ese sentido.

La nueva decisión fue firmada este martes y sólo tiene tres renglones, en los que se rechaza «por inadmisible» un recurso que había presentado Jorge Humberto Appiani, un ex militar y abogado condenado a 18 años de prisión en la megacausa Area Paraná por secuestros y torturas de 27 víctimas.

El fallo del año pasado había sido firmado por Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz -Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda votaron en disidencia-, desencadenando un fuerte rechazo, con movilizaciones en todo el país.

La resolución de esta semana no exhibe fundamentos porque se basa en una fórmula llamada «280», un artículo del Código Procesal Civil que permite rechazar un planteo sin dar argumentos.

En esta ocasión, firmaron los jueces Lorenzetti, Maqueda y Rosatti, en tanto que Highton y Rosenkrantz no pusieron su firma ni votaron en disidencia.

Appiani recurrió a la Corte para pedirle el mismo beneficio que recibió el represor Luis Muiña, a quien se le aplicó la ley del 2×1 que contaba dobles los días de prisión sin sentencia firme desde el segundo año de detención.

En el caso de Muiña, si bien quedó en libertad por la decisión de la Corte, luego regresó a prisión por otra causa, acusado por dos homicidios en el Hospital Posadas.

La decisión de la Corte Suprema se conoció en momentos en que se hizo pública una lista de represores que podrían obtener la prisión domiciliaria, según un informe realizado por el Gobierno en el que sugiere a los jueces otorgar ese beneficio.

Entre los que se encuentran en la nómina están Jorge «El Tigre» Acosta, jefe del Grupo de tareas 3.3.2 de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA); los también represores de la ESMA Carlos Capdevilla, Antonio Pernías y Adolfo Donda; el ex agente de inteligencia Raúl Guglielminetti; el ex fiscal Gustavo Modesto Demarchi; Julio «El Turco Julián» Simón, ex agente de la Policía Federal y el primer represor condenado tras la nulidad en 2003 de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida; y Cristian Federico Von Wernich, ex capellán de la policía de la provincia de Buenos Aires, entre otros.

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