Días atrás, algunos pocos empresarios de la vecina localidad de Villa Gobernador Gálvez cuestionaron el descanso dominical impulsado desde el gremio mercantil, por considerarlo «inconstitucional» y una pérdida para el comercio local porque -según argumentan- el consumo se traslada a Rosario.

Frente a tales declaraciones, la Asociación de Empleados de Comercio Rosario (AEC), con sólidos argumentos jurídicos defendió fuertemente la medida y calificó los planteos de los empresarios como «disparatados».

En ese contexto, representantes del sindicato se hicieron presentes en el Concejo Deliberante de esa ciudad y presentaron una nota ante los ediles para responder a la misiva presentada días atrás por los titulares de algunos negocios, a los que alcanza la norma.

Para ese reducido grupo de empresarios, la norma local, sancionada en diciembre último pero puesta en vigencia en V.G. Gálvez desde hace pocas semanas, es «inconstitucional», e invocan al respecto al artículo 28 de la Constitución Nacional que «prohíbe que bajo excusa de reglamentar se anule total o parcialmente un derecho», que en este caso ven vulnerado al haber una restricción «de manera absoluta de una séptima parte de la actividad». Y entre otras normas, invocan la garantía constitucional de la libertad de comerciar (artículos 12, 14 y 28). Y en el apartado Nº 126, «se prohíbe expresamente a las provincias sancionar cualquier clase de leyes sobre comercio», remarcaron los comerciantes.

No obstante, AEC asegura que «la ley 13.441 en absoluto transgrede los límites del artículo 28 de la Constitución Nacional, ya que la libertad de comerciar nunca puede entenderse como absoluta e irrestricta, ni legisla en materia prohibida a las provincias, ni sobre material comercial reservada a la Nación». La ley del Descanso Dominical se dictó en total concordancia, sea con la Constitución Nacional como la Provincial», sentenció la entidad gremial.

«Tan disparatada es la calificación de inconstitucionalidad, que en definitiva cuestiona y propone nada menos que negar a este Concejo Deliberante (de V.G. Gálvez) como al propio gobierno municipal, ejercer sus atribuciones acorde a lo que regla claramente en la Ley Orgánica de Municipalidades (Nº 2756). De modo que la claudicación que se le propone a este Concejo es, ni más ni menos, que renunciar a la defensa de los principios que éste propio proclamó y suscribió con la ordenanza 2.273. Vale preguntarnos ¿Ello no es acaso una falta de respeto para con sus responsabilidades, ante sí y ante la ciudadanía toda?«, expresa la Asociación en su nota, firmada por Luis Battistelli, secretario general de la entidad.

Respeto y dignidad

Para AEC, esos comerciantes que se oponen al descanso dominical ven a sus empleados «como piezas útiles y seguramente descartables». Por lo que rescataron los fundamentos de la ordenanza local que posee «conceptos valiosos, precisamente por respetar al empleado de comercio, como persona humana, no como un siervo a las órdenes del dios mercado«.

En ese sentido, también invocaron a la Constitución provincial, que en su artículo 7º «expresamente instruye a las autoridades» que el Estado «reconoce a la persona humana su eminente dignidad y todos los órganos del poder público están obligados a respetarla y protegerla».

Finalmente, desde Empleados de Comercio solicitaron al Concejo de la vecina ciudad que «haga honor a lo que suscribió y aprobó el 18 de diciembre de 2014», confiando en que el cuerpo legislativo «sabrá despachar la inadmisibilidad e improcedencia» del reclamo de esos empresarios.

Sigue vigente

Desde el Concejo aclararon que, pese a los planteos de algunos comerciantes, «la ordenanza sigue vigente». Además, todos los ediles de la vecina localidad coinciden en la necesidad de realizar estrictos controles en todos los comercios afectados por la ley, especialmente desde el Ministerio de Trabajo y desde el propio sindicato de los empleados de comercio.

Foto: Florencia Vizzi