El concejo aprobó el proyecto presentado por la concejala Schmuck, el cual expresa “la necesidad de actualizar la normativa relativa a la circulación vehicular en la vía pública reconociendo los formatos de comprobante de pago vigentes”.

Por tanto, el Concejo resolvió que el conductor podrá llevar el “comprobante en papel o formato electrónico en medio fehaciente del seguro”.

El artículo 64° de la ordenanza 3543/1998 prevé que en caso que los asegurados realicen pagos mediante débitos automáticos, descuento por recibo de sueldo o cualquier otro medio de pago, deberán demostrar fehacientemente el estar al día con la póliza la aseguradora, que deberá extender y enviar a sus clientes el correspondiente recibo en tiempo y forma.

“Actualmente muchas empresas de seguro brindan comprobantes electrónicos e incluso proveen aplicaciones móviles con la información de los usuarios actualizada, que la falta de claridad de la norma en relación al tipo de comprobante hace que quede a discreción del inspector de tránsito la validez de un comprobante en formato digital, por lo que en situaciones han sido aceptados y en otras no”, detalla la ordenanza.

“Esto ha generado controversia ya que a los usuarios se les ha informado en numerosos casos que los comprobantes electrónicos son suficientes para circular”, menciona la norma aprobada.