En la sesión del pasado jueves, el Concejo Municipal de Rosario aprobó un proyecto que, entre sus puntos principales, eleva la contribución patronal para los trabajadores municipales del actual 12,2% al 14%, desde la promulgación de la normativa, y al 16% a partir del 1 de enero de 2024. A ello se suma modificar el aporte adicional del 9% a partir de la promulgación de la normativa y del 10% desde enero próximo por parte de las entidades autárquicas.

El proyecto llegó desde el Ejecutivo rosarino, pero fue elaborado por el directorio del Instituto Municipal de Previsión Social y el Sindicato Municipal de Rosario. El gremio de los municipales festejó la aprobación del proyecto que ellos presentaron. “Así garantizamos una Caja sustentable”, remarcó Antonio Ratner, secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales de Rosario.

La incorporación como “afiliados obligatorios” incluirá desde ahora en adelante a los intendentes y funcionarios del gabinete. También a concejales, funcionarios del Concejo, del Tribunal Municipal de Cuentas y miembros del directorio de instituciones autárquicas municipales.

La iniciativa contó con el voto negativo del concejal de Juntos por el Cambio, Carlos “Charly” Cardozo. En particular, se opusieron al artículo 17 además, las concejalas Mónica Ferrero y Verónica Irizar, más Cardozo.

El Instituto tendrá un presidente o presidenta designado por el Departamento Ejecutivo con acuerdo del Concejo Municipal; dos agentes municipales propuestos por el Sindicato de Trabajadores Municipales de Rosario, previa evaluación de antecedentes por parte del Departamento Ejecutivo y dos representantes de los jubilados y pensionados propuestos uno por cada uno de los centros de jubilados y pensionados municipales. Tendrán un mandato de 4 años en sus funciones.

Además de ello, los montos de las prestaciones se determinarán en base al promedio mensual de la suma de las remuneraciones actualizadas percibidas por los afiliados por servicios con aportes, sucesivos o simultáneos, prestados en este u otro régimen adherido al sistema de reciprocidad jubilatoria, durante el período de 120 meses inmediatamente anteriores a la fecha del cese.

En los casos en que el o la afiliada reuniera los últimos diez años anteriores al cese con servicios exclusivamente municipales y cuyos haberes no incluyan conceptos variables, “el haber se determinará en función del promedio de los treinta y seis -36- mejores meses dentro de los ciento veinte -120- meses inmediatos al cese”.