MARTES, 26 DE NOV

Rige la veda para la pesca del surubí en toda la provincia de Santa Fe

Hasta el 31 de diciembre queda vedada la actividad deportiva y comercial de la especie en el Río Paraná. Durante este periodo establecido queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.

 

Desde el viernes pasado (1 de noviembre) hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive, rige la pesca del suburí que comprende tanto para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (Pseudoplatystoma coruscans) y el surubí atigrado o rollizo (Pseudoplatystoma fasciatum), así lo dictaminó el gobierno de la provincia de Santa Fe.

La veda se establece a partir de la resolución Nº 168/2005, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212, que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca. Durante este periodo establecido queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.

Asimismo, es importante recordar las disposiciones de veda vigentes para otras especies:

Dorado: únicamente se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria (Ley 12.722).

Pacú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05).

Manguruyú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05).

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