Las relaciones de consumo son vínculos jurídicos. Esto quiere decir que crea derechos y obligaciones para las partes. Entre un proveedor y un consumidor,  por la adquisición o uso de bienes o servicios. Pero es importante identificar este tipo de relación.

Dentro de la vida de un contrato, es decir cuando los consumidores celebra o contratan a través de distintos medios, como pueden ser las plataformas digitales. El contrato de consumo se da entre un consumidor y un proveedor, puede ser una empresa pública o privada, es importante destacar que el consumidor realiza un consumo final de dicho bien.

Otro caso es el de los contratos con los profesionales liberales, que no se encuentran tampoco bajo el paraguas de la ley de Defensa al Consumidor, sino que dichas profesiones, como médicos, abogados, psicologos o contadores, es decir las que poseen matrícula, deben realizarse en los respectivos colegios que regulan esas actividades.

Distinto es el caso cuando se celebra entre consumidores, es decir que son pares. También se encuentran fuera de la ley, pero eso no significa que no se pueda accionar legalmente. Un claro ejemplo es la venta de un auto usado, que se realiza entre pares, pero si existe alguna irregularidad se puede accionar legalmente y asesorarse con un profesional para que evalúe la situación.

Por otra parte, existen cláusulas abusivas que se encuentran fuera de la ley. Es importante en estos casos consultar con un profesional.

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