SáBADO, 30 DE NOV

Impondrán mayores multas a quienes transporten pasajeros sin habilitación

El Concejo aprobó este jueves una ordenanza que aumenta las multas para aquellos vehículos que trasladen pasajeros de forma onerosa sin estar habilitados, y endurece las penas para quienes lo hagan a través de aplicaciones y utilicen logos de identificación.

 

El Concejo Municipal de Rosario aprobó una ordenanza que aumenta las sanciones para quienes transporten pasajeros de forma onerosa sin contar con las correspondientes habilitaciones, en una medida que busca poner límites a la instalación de plataformas de transporte que no están reglamentadas dentro de la ciudad, como es el caso de Uber.

Se trata del expediente 251864, que fue presentado en el Palacio Vasallo por el Sindicato de Conductores de Taxis y fue aprobado por los ediles durante la sesión de este jueves. Esta iniciativa propone algunas modificaciones a la ya vigente Ordenanza Nº 2783/1981.

De esta forma, se estableció una multa que oscilará entre las 200 y las 1.900 unidades fijas (UF) para el conductor, titular registral y/o responsable de un vehículo que sea utilizado –ya sea por parte del propietario como de un tercero- para transportar personas en forma onerosa sin el correspondiente certificado de habilitación como servicio público.

La medida también alcanza a aquellas personas que cuentan con una habilitación pero que prestan un servicio diferente del autorizado; a quienes cobren una tarifa diferente a la autorizada; y a quienes, a pesar de tener habilitaciones en otras localidades del país, levanten a pasajeros de Rosario. Este último punto exceptúa el servicio puerta a puerta por pasajeros con domicilio en otras localidades.

Asimismo, se establece una multa de entre 1.300 y 3.800 UF a quienes trasladen personas de forma onerosa, sin habilitación municipal y “cuyo despacho de viajes se practique a través o sirviéndose de aplicaciones móviles o de cualquier medio digital de alcance o uso masivo”, según destaca la ordenanza.

Al contemplarse esta infracción, se procederá al secuestro del vehículo y a la confiscación de los accesorios o elementos utilizados y se podrá disponer como sanción accesoria la de inhabilitación para conducir de 60 a 180 días.

Además, se multará con una suma que oscilará entre las 75 y las 150 UF al conductor a cargo del vehículo al momento del procedimiento, quien junto al titular registral y al responsable del vehículo (si es que no se trata de la misma persona), será inhabilitado de 60 a 180 días en la utilización de su licencia.

“Cuando el vehículo utilizado para la realización de la infracción mencionada tenga una antigüedad mayor de 10 años, la multa no podrá exceder el 70% de la que correspondiere aplicar”, establece la ordenanza.

Y agrega que en caso de corresponder, se podrá inhabilitar de forma temporaria o definitiva los permisos o concesionarios de Servicio Público y se podrá disponer la suspensión del certificado de habilitación por el Organismo Competente, como así también una inhabilitación de 6 meses a 2 años para conducir vehículos que presten cualquiera de los Servicios Públicos de transporte de personas dispuestos por el Municipio de Rosario.

“Si para realizar el servicio no habilitado los vehículos y las agencias utilizan símbolos, leyendas y/o distintivos que originen confusión a los usuarios, se penará con un 50 por ciento más sobre la multa aplicada de acuerdo a lo dispuesto anteriormente”, remarca la legislación aprobada por el Concejo.

Y añade: “Se aplicará también el incremento del 50 por ciento de la pena a las Agencias de Remises que, contando con habilitación, utilicen o contraten a vehículos que no cuenten con habilitación para el servicio”.

Todos los vehículos que incurran en estas infracciones, serán trasladados al corralón municipal y, para recuperar el móvil, el titular registral del mismo deberá acreditar el cumplimiento de todos los trámites de ley, hacer efectivo el pago de la sanción pecuniaria dispuesta, presentar libre deuda del impuesto automotor, presentar libre multa, abonando los gastos de traslado y estadía, y haber hecho desaparecer los distintivos, símbolos y leyendas, aparatos, dispositivos, conexiones y demás características que fueran utilizadas para lograr la calidad simulada.

“En caso de reincidencia será de aplicación el Artículo 103 del presente Código”, concluye la ordenanza.

Fundamentos de la aprobación

El concejal del Partido Justicialista (PJ), Eduardo Toniolli, explicó por qué votó a favor de esta iniciativa, apuntó contra Uber y argumentó que “el aumento de multas al transporte ilegal deben ser parte de una estrategia de defensa del servicio público”.

“En Rosario, y en todo el país, el transporte urbano de pasajeros es considerado un servicio público, porque busca la satisfacción de una necesidad. Por esta razón el Estado municipal debe garantizar su prestación, en algunos casos por sí mismo, en otros por intermedio de particulares (como en el caso de taxis y remises, que son considerados servicios públicos impropios)”, explicó el edil.

Y detalló: “¿Cómo lo garantiza? Estableciendo reglas. Por ejemplo, el Municipio le impone a los taxis los días y horarios obligatorios de prestación del servicio, la tarifa, determinados estándares de profesionalismo de sus conductores, el tipo de auto a utilizar, y la obligación de contar con chofer registrado, GPS, botón de pánico y conexión al 911. Además establece la cantidad de licencias que debe haber en la calle”.

“De no existir estas reglas, una empresa con espalda podría saturar el mercado con autos, ofrecer el servicio durante algunos meses por una tarifa mínima, destruir todo tipo de competencia, para finalmente imponer sus propias reglas y hacer abuso de posición dominante. Uber y otras multinacionales apuntan a eso”, apuntó Toniolli.

Al respecto, señaló que “para las normas locales Uber es una remisería trucha con un agravante: ninguna remisería trucha tiene la capacidad de publicitar en medios masivos de comunicación, ni de generar demanda al punto de jaquear la regulación estatal y con ella al transporte público”.

“El aumento de multas al transporte ilegal, y la creación de una sobremulta cuando además este se gestione por medio de plataformas no habilitadas, deben ser parte de una estrategia de defensa del servicio público”, concluyó el edil.

Votos en contra

Pese a su aprobación, hubo concejales que expresaron su desacuerdo con la normativa y fundamentaron su voto negativo. Tal es el caso de la concejala de Juntos por el Cambio, Renata Ghilotti, quien además presentó una ordenanza para permitir la instalación de Uber, Maxim o Didi en la ciudad.

“Los rosarinos quieren elegir libremente y en su mayoría se muestran a favor de la llegada de Uber, Maxim y otras aplicaciones”, sostuvo la concejala, y consideró: “Aumentar penas y perseguir a los chóferes que buscan una salida laboral genuina es un error y un retroceso en materia de movilidad para la ciudad”.

“A partir de hoy, en Rosario un chofer de Uber que busca salir adelante a partir del esfuerzo y el trabajo pagará multas de hasta $355.000, mientras que el que corre picadas solo $56.000. Una incoherencia más que pone de manifiesto la falta de empatía y cercanía con la ciudadanía de algunas fuerzas políticas”, explicó Ghilotti.

En la misma línea se ubicó la concejala de Juntos por el Cambio, Germana Figueroa Casas, quien destacó que “prohibir y multar a Uber y otras aplicaciones de viajes no resuelve el problema del transporte en la ciudad”.

“El sistema de transporte en Rosario es deficiente. Los propios usuarios demandan más frecuencias de colectivos y a veces se vuelve una odisea conseguir un taxi de noche o en algunos barrios”, manifestó la legisladora rosarina.

Y concluyó: “Con las nuevas restricciones a la circulación, la dificultad del transporte, actualmente con gruesas falencias, va a agudizarse aún más. También con el Alcohol Cero. La demanda aumentará y el sistema no dará abasto. Pareciera que el Ejecutivo municipal apela al prohibicionismo infundado en vez de trabajar en alternativas y control”.

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