MIéRCOLES, 27 DE NOV

Motociclista que evadió a policías en el centro afrontará multa millonaria

La Dirección General de Tránsito determinó, que de momento se encuentra cumpliendo prisión preventiva, incurrió en 14 faltas. Para volver a obtener una licencia, deberá responder y pagar esas multas.

Facundo Agustín C., el joven que la semana pasada protagonizó una peligrosa huída, mientras era perseguido por una decena de policías, en pleno centro de la ciudad, tras el presunto robo de un celular sigue sumando problemas. Mientras que el pasado lunes fue imputado por los delitos de tentativa de hurto, daño, resistencia a la autoridad, daño calificado, lesiones dolosas, conducción peligrosa y encubrimiento quedando en prisión preventiva, y el intendente Pablo Javkin decretó la anulación de la licencia de conducir, hoy, la Dirección General de Tránsito le atribuyó 14 faltas cuyas sanciones económicas ascienden al millón de pesos.

De acuerdo a lo informado por la Municipalidad de Rosario, el intendente Pablo Javkin solicitó que se detalle cuáles y cuántas fueron las infracciones cometidas por el motociclista. En total se determinó que fueron 14 las conductas presuntamente constitutivas de faltas.

Según señaló el secretario de Gobierno, Gustavo Zignago, “el director General de Tránsito, Gustavo Adda, definió la cantidad de infracciones y procedió a notificar al Tribunal Municipal de Faltas para que lleve adelante el juzgamiento”. “Las infracciones definidas por el director general tienen previstas multas que ascienden hasta un tope máximo de un millón de pesos”, aseguró Zignago, quien además remarcó que la cantidad de faltas y la sanción económica “serán condicionantes para este ciudadano, que deberán ser resultas en forma previa a intentar obtener una nueva licencia”.

Las conductas presuntamente constitutivas de faltas fueron:

  1. Desobedecer las señales de los semáforos, en reiteradas oportunidades en distintas intersecciones.
  2. Adelantarse a otro vehículo en bocacalles.
  3. Circular a contramano.
  4. No respetar la prioridad de paso en el cruce de bocacablles, no respetar la prioridad de paso de peatones, no respetar la línea de frenado de la senda peatonal. Realizar maniobras implicando riesgo para la seguridad física de peatones.
  5. Invertir el sentido de marcha en avenidas (giro en U), girar a la izquierda en vías semaforizadas de doble mano.
  6. Girar sin haber ocupado previamente la faja correspondientes 30 metros antes de la llegada a la bocacalle, efectuando maniobra peligrosa.
  7. Circular en forma sinuosa o detenerse en forma imprudente, sin hacer las señales correspondientes.
  8. No respetar los carriles de circulación y efectuar maniobras injustificadas y obstructivas. Invadir carriles exclusivos para otro tipo de vehículos.
  9. Adelantarse por la derecha.
  10. No acatar las indicaciones de funcionario policial competente con balizas y sirenas encendidas, señales de tipo manual y acústicas.
  11. Circular por acera y por ciclovía.
  12. No efectuar las señales manuales, eléctrica o mecánicas reglamentarias de maniobras
  13. Realizar maniobras poniendo en peligro la integridad física de peatones.
  14. Obstaculizar la normal circulación y/o seguridad de ciclistas y/o generar riesgo en su integridad física.

Cabe recordar que el viernes pasado, el intendente Pablo Javkin dispuso, a través del decreto 0083/2021, anular la licencia de conducir de Facundo Agustín C., y ordenar el secuestro de su moto vehículo, con la finalidad de que su titular se presente en el Tribunal Municipal de Faltas para regularizar las infracciones existentes al momento de su presentación.

El hecho que determinó la anulación de la licencia tuvo lugar cerca del mediodía del jueves de la semana pasada en inmediaciones de las calles Mendoza y Sarmiento, cuando el joven fue visto circulando en contramano por la segunda arteria, «con la finalidad de escapar de la autoridad policial, incumpliendo con todas las normativas correspondientes a la circulación».

La decisión se tomó en base al artículo N°15 del Código de Tránsito, que «faculta la Autoridad Juridiccional que expide la licencia a anular la misma cuando se haya comprobado la inadecuación de la conducción psicofísica actual del titular de la misma».

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