MIéRCOLES, 27 DE NOV

Obligan a obra social a cubrir una fertilización asistida

La justicia, ordenó que Iapos se haga cargo del tratamiento de una mujer al cual se había negado argumentando que la paciente es mayor de 40 y no tenía pareja conviviente.

La Justicia de Rosario, obligará a la obra social de de los empleados públicos provinciales, Iapos, a cubrir el tratamiento de fertilización de una mujer, el cual se negaban a costar adjudicando que la paciente es mayor de 40 años y no tiene pareja conviviente.

El juez en lo civil y comercial de la décimo sexta nominación, Pedro Boasso, hizo lugar a la medida cautelar solicitada y dispuso que la obra social provincial cubra el tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad a que debe someterse su afiliada.

Mazzeo sostuvo que la posición de Iapos “viola la ley nacional que incorpora las técnicas de fertilización asistida a la cobertura obligatoria que deben prestar las obras sociales”, y este fallo será un ejemplo, y “sentará jurisprudencia para que Iapos se ajuste a la ley con todos sus afiliados, y dejen de tener su propio reglamento”.

La abogada de la afiliada, Carina Mazzeo sostuvo que la posición de Iapos “viola la ley nacional que incorpora las técnicas de fertilización asistida a la cobertura obligatoria que deben prestar las obras sociales”, y este fallo será un ejemplo, y “sentará jurisprudencia para que Iapos se ajuste a la ley con todos sus afiliados, y dejen de tener su propio reglamento”.

Así lo entendió también el juez, que al resolver destacó que la ley 26862 en su artículo 7 establece que será beneficiaria de los programas de fertilización asistida toda persona mayor de edad.

La abogada recordó que “Iapos sólo otorga este beneficio a afiliados con parejas, y esto se puede ver en su sitio web, mostrando públicamente una postura claramente discriminatoria, y el problema es que muchos afiliados no van a la justicia porque no saben que tienen el derecho y se lo están negando”.

 

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