MIéRCOLES, 27 DE NOV

El gremio de capitanes de pesca denunció prácticas antisindicales

Denunciaron al Centro de Patrones y Oficiales Fluviales de Pesca y Cabotaje por arrogarse “la personería gremial para celebrar acuerdos o negociaciones colectivas”.

 

La Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca (Aacpypp) denunció a los dirigentes Mario Galano y Julio González Insfrán, del Centro de Patrones y Oficiales Fluviales de Pesca y Cabotaje, por arrogarse «la personería gremial para representar, agrupar o celebrar acuerdos o negociaciones colectivas que afectan al personal».

El sindicato, que lidera Jorge Frías, explicó en un comunicado que los patrones fluviales señalaron su «satisfacción» a partir de la homologación de un acuerdo firmado con el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA), algo que «afecta al personal de la navegación con título habilitante de capitán, piloto y patrón de pesca».

«La Resolución 165/87 del expediente laboral 130.393/84, ratificada por la 54/92, indica que desde esas fechas la Aacpypp tiene la personería gremial 1.442 y, por lo mismo, es la única organización sindical que representa de forma colectiva a los capitanes, pilotos y patrones que cumplen tareas en los buques pesqueros de pabellón nacional, de investigación científica y pesca comercial», puntualizó Frías.

El dirigente, también integrante de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), añadió que a partir de la Resolución laboral 165/87 el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales solo podrá actuar «en simple inscripción gremial y en conflictos individuales, pero no como gremio en la firma de acuerdos salariales».

Frías indicó que Galano y González Insfrán «violan» sus limitaciones e incapacidades gremiales de forma reiterada y ejercen «una conducta desleal y antisindical», por lo que la Asociación de Capitanes promoverá querellas ante los tribunales.

El sindicalista también advirtió al Sindicato de Conductores Navales, Marítimo de Pescadores y de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) que cesen en «la promoción, organización y participación de actos o negociaciones que afectan a los capitanes a partir de sindicatos sin personería gremial» porque ello significa práctica antisindical».

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