JUEVES, 28 DE NOV

Ordenan a obra social dar aceite de cannabis a discapacitado

El niño padece síndrome de West, una variedad de la epilepsia. La decisión del juez aclara que la provisión deberá hacerse efectiva "de acuerdo a las necesidades del tratamiento que sean indicadas por el médico".

Un juez de La Plata ordenó hoy a una obra social que suministre aceite de cannabis medicinal a un chico de un año y siete meses que padece síndrome de West, una variedad de la epilepsia.

El juez en lo contencioso administrativo federal 2 de la capital bonaerense, Adolfo Gabino Ziulu, dictó la medida al hacer lugar a una medida cautelar pedida por los padres del niño con la prescripción del profesional tratante del Servicio de Neurología del Hospital de Niños “Sor María Ludovica”, quien recomendó el uso del aceite de marihuana con fines “compasivos”.

La orden obliga a la obra social de petroleros “arbitre los medios necesarios para suministrar con cobertura integral” el medicamento requerido, que no se comercializa en el país por no está autorizado.

La decisión del juez aclara que la provisión deberá hacerse efectiva “en forma periódica y de acuerdo a las necesidades y modalidades del tratamiento que sean indicadas por el profesional médico actuante y previo cumplimiento de los recaudos previstos por la Anmat”.

Se trata de la Administración Nacional de Medicamentos, el organismo estatal que autoriza productos medicinales y la importación de “sustancias compasivas”.

El producto prescripto se denomina Charlotte ‘s Web Hemp Extract Oil, cuyo principio activo es Cannabidol, en jarabe de presentación de 100 ml, un nombre derivado de la primera paciente que recibió el medicamento en los Estados Unidos.

En aquel país el uso está autorizado en numerosos estados y se comercializa bajo receta a 250 dólares el frasco.

La decisión judicial se inscribe en la linea del fallo dictado en agosto pasado por el juez porteño Guillermo Sheiber, quien autorizó al uso del mismo producto a un paciente con HIV que lo demando para combatir los dolores.

El paciente, en este caso, es un chico afectado por síndrome de West o encefalopatía epiléptica refractaria, que produce una sucesión de hasta 620 espasmos cerebrales diarios, síntomas que según la prescripción profesional mermarían con la administración de ese producto de origen importado.

El reclamo judicial fue acompañado por un certificado médico suscripto por Sebastián Díaz Basanta, del Servicio de Neurología del Hospital de Niños “Sor María Ludovica”

El fallo destaca que la decisión se adopta en este caso específico, “al margen de los perjuicios relacionados con el consumo lúdico de esa sustancia”, pero teniendo en cuenta “los informes médicos especializados en neurología infantil derivados de una institución oficial de indudable jerarquía científica”, como el hospital infantil platense.

En consecuencia, sostuvo que “la utilización en un paciente determinado del uso terapéutico de los cannabinoides y sus compuestos debe depender exclusivamente del criterio médico que -como con cualquier otro fármaco- es una decisión derivada de la ciencia médica que no corresponde que este judicante revise en tal carácter”.

Cita también la Convención de los Derecho del Niño a los que adhiere la Argentina, en cuyo artículo 2.1 se reconoce al derecho al “disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades”.

A fin de octubre, fue presentado en la Cámara de Diputados bonaerense un proyecto para habilitar en la provincia el uso de medicamentos a base de extractos de marihuana (cannabis), para tratar a pacientes con epilepsia refractaria, cáncer y otros dolores crónicos.

La iniciativa, impulsada por el diputado Marcelo Torres (FpV), quien recordó que en el país cerca de cien familias pidieron autorización a la Anmat para importar fármacos cannábicos para tratar a niños con epilepsia.

La provincia de Chubut dispone ya de una ley que permite el uso del aceite de marihuana con uso “compasivo” para cierto tipo de enfermedades.

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