LUNES, 02 DE DIC

Taiana defendió el proyecto de reforma para las fuerzas armadas y afirmó que “amplía derechos”

El ministro de Defensa aseguró que la oposición "desvirtúa deliberadamente" el proyecto de Ley integral de Personal Militar anunciado por el presidente Alberto Fernández y enviado al Congreso.

 

El ministro Jorge Taiana aseguró este sábado que la propuesta promovida desde la cartera que encabeza «amplía derechos para contar con Fuerzas Armadas de excelencia».

«Resulta lamentable que un proyecto de ley con un importante grado de consenso se tome como tema de campaña y se desvirtúe de manera deliberada su contenido, intenciones y objetivos. Hoy, luego de 52 años, llega al Congreso una ley integral que recoge la experiencia y la evolución de la doctrina y el pensamiento estratégico militar», planteó el ministro en una carta de tres carillas y firmada con su nombre y apellido.

En su presentación, Taiana advirtió que «descalificar en el debate público no parece ser el camino correcto para que surja una ley consensuada».

Y agregó que el proyecto que ingresó en el Senado «amplía derechos y habilita mecanismos que facilitan el pasaje de categorías, la igualdad de oportunidades, la capacitación continua y el progreso en una carrera militar«, para luego destacar que esas medidas tienen «el objetivo de contar con Fuerzas Armadas de excelencia».

Sobre el procedimiento para el ascenso en las fuerzas, Taiana remarcó que el proyecto de Ley integral de Personal Militar «mantiene al igual que la ley vigente idénticos mecanismos para el ascenso de los oficiales superiores y sin restarle ninguna potestad al honorable Senado de la Nación»

El titular de la cartera de Defensa hizo además una comparación paso a paso entre el proyecto de Ley anunciado hace diez días y la normativa vigente en la materia (el decreto-ley 19101, modificado por otras 174 normas, entre ellas reglamentaciones internas de las FFAA), que desde el año 1971 ordena el manejo del personal militar.

«Este simple ejercicio comparativo permite comprender que muchas de las afirmaciones fueron realizadas por la oposición de manera irresponsable o sin haber leído el contenido del proyecto», objetó.

En su respuesta, Taiana recordó a modo de observación preliminar que de acuerdo al artículo 10 de la Ley de Defensa Nacional (23.554) «compete al Presidente de la Nación, en su carácter de Jefe Supremo de la misma y Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, la Dirección de la Defensa Nacional y la Conducción de las FFAA, en los términos establecidos por la Constitución».

Respecto al proyecto de ley, Taiana insistió luego que el articulo 43 de la propuesta se encuentra «en consonancia con la Ley de Defensa y la Constitución Nacional» y «establece que el ascenso de los Oficiales Superiores lo concede el Presidente de la Nación, previo acuerdo del Honorable Senado de la Nación».

En relación al ascenso de suboficiales, destacó que «será otorgado por el Presidente de la Nación en su carácter de Comandante en Jefe de las FFAA», al tratarse de «una atribución presidencial, que puede ser delegada por el Decreto Reglamentario correspondiente».

Sobre ese punto, advirtió luego que «una ley del Congreso no puede delegar las atribuciones que corresponden constitucionalmente al Poder Ejecutivo, en este caso el Presidente como Comandante en Jefe».

Además, señaló que los decretos, resoluciones y reglamentos que no se opongan a la ley «continúan vigentes» por lo que consideró «infundados» los «temores manifestados por la oposición».

«El proyecto (de ley de Personal Militar) también prevé que los ascensos de los Oficiales, Suboficiales, Tropa y Alumnado se producirán al grado inmediato superior según las vacantes existentes, en función de los criterios de antigüedad e idoneidad, mediante el sistema de selección y de acuerdo con los procedimientos que establezca la Reglamentación de la Ley», detalló el ministro.

Y aclaró específicamente que los criterios de ‘antigüedad’ e ‘idoneidad’ por los cuales se resuelven los ascensos «son precisamente los establecidos en la Junta de Calificaciones de cada una de las Fuerzas, y que lejos de derogarse se fortalecen».

En otro punto, Taiana remarcó que el artículo 42 del proyecto girado al Parlamento «establece que el ascenso del personal de Oficiales y Suboficiales, en cada categoría, se producirá anualmente con el propósito de satisfacer las necesidades orgánicas de las FFAA y del Estado Mayor Conjunto, derivadas del diseño del instrumento militar».

En respuesta a algunos planteos de la oposición, Taiana comparó luego el contenido del proyecto de Ley integral de Personal Militar girado al Congreso con la normativa vigente en la actualidad.

Entonces, subrayó que en el Decreto Ley 19101 del año 1971 el artículo 45 dispone que «el ascenso del personal superior de las FFAA lo concede el Poder Ejecutivo, y previo acuerdo del Senado a la categoría de oficial superior y dentro de ella», y que en relación al ascenso del personal subalterno ese mismo artículo establece que será otorgado «en la forma en que lo determine la reglamentación de esta ley».

Citó luego otro apartado del Decreto Ley 19101, el artículo 63, por el cual se ordena que «el personal superior de las FFAA y su reincorporación, cuando así correspondiera, será dispuesta por el Poder Ejecutivo».

Tras este repaso de la normativa vigente, el ministro insistió en que «muchas de las afirmaciones» realizadas desde la oposición fueron hechas «de manera irresponsable o sin haber leído el contenido del proyecto».

Finalmente, Taiana reiteró que la iniciativa que ingresó al Senado «amplía derechos y habilita mecanismos que facilitan e incentivan el pasaje de categoría de soldado a suboficial y de suboficial a oficial fomentando la capacitación continua, la igualdad de oportunidades y el progreso en una carrera militar con jerarquización salarial y modernización del equipamiento».

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