LUNES, 02 DE DIC

Juicio por la muerte de Franco Casco: policías acusados declaran «con el fin de demostrar inocencia»

Continúa la ampliación de Indagatoria de los 19 policías acusados. Explicaron procedimientos habituales y puntualmente cómo se desarrollaron la detención y actuaciones del joven de Florencio Varela, además de la participación que tuvieron el día de los hechos.

Por Alejandra Ojeda Garnero

En una nueva audiencia en el juicio por la muerte de Franco Casco, se retomó el debate que lleva más de un año. En esta oportunidad, ampliaron su indagatoria los policías Guillermo Gysel, acusado como autor de los delitos de desaparición forzada, imposición de torturas y muerte de la víctima; Rodolfo Murúa como participe secundario; y Pablo Síscaro por encubrimiento. También inició su declaración Marcelo Guerrero, pero fue interrumpida por una cuestión técnica y retomará el próximo lunes. Cada vez son más los datos que surgen en las audiencias que demuestran que el accionar policial fue acorde a los protocolos establecidos por el entonces nuevo sistema de persecución penal, implementado en febrero de 2014.

Los imputados contaron en detalle su participación desde el momento de la aprehensión de Franco hasta que quedó en libertad, incluso el día previo y posterior, y como lo hicieron desde el inicio de esta causa afirman su inocencia. A partir de las declaraciones que se hicieron a lo largo del debate los policías solicitaron ampliar sus declaraciones indagatorias para aclarar algunas cuestiones que hacen a la labor policial y se vieron desvirtuadas a lo largo de las distintas audiencias.

Comenzó la exposición Guillermo Gysel, quien explicó detalladamente, en un afiche, los pasos que se deben seguir a partir de la aprehensión de una persona. Y luego se explayó sobre el caso particular de Franco Casco, que en ese momento el mismo se identificó con el apellido Godoy.

Previo a comenzar el desarrollo, aclaró sobre una pregunta que le hicieron al comisario Álvarez, en su última ampliación indagatoria, y “como él no lo pudo recordar, le puedo decir que yo estuve el día 7 y el día 8, y el 6 estuvo la agente Valdez, en el horario de 8 a 20, mi horario era siempre el mismo, dos días seguidos y cuatro de franco”.

Hecha la aclaración, el policía explicó que “una aprehensión la puede hacer personal de la comisaría o externo, este puede ser Comando Radioeléctrico, la Policía de Acción Táctica o Policía Motorizada”, esto constituye el primer punto del procedimiento.

En segundo lugar, la persona ingresa a la comisaría, trasladada por el personal que realizó la aprehensión, y se comienza a labrar el acta de procedimiento por parte del personal actuante”, es decir quien lo detuvo.

Luego, el tercer paso, es la “entrega del procedimiento al sumariante”; y en ese momento se comienza con las diligencias que luego pedirá el fiscal. Entre esas diligencias se debe solicitar, “identificación dactilar, antecedentes, médico de policía, constatación de domicilio y fotografías”. En este momento también se debe realizar un primer llamado al fiscal para informar sobre la persona que fue demorada, y el mismo indicará los pasos a seguir.

En un cuarto momento, se realiza una segunda llamada al fiscal para informar sobre los datos obtenidos en el paso anterior. A partir de allí el fiscal indicará los pasos a seguir, que puede ser la formación de causa a la persona aprehendida, que siga detenida o se lo libere. Vale aclarar que, al momento de los hechos, ese lapso de tiempo no podía superar las dos horas.

Finalmente, en el quinto momento, se realiza el acta de notificación de derechos del imputado, se forma causa; se lo detiene o libera, según la orden que haya emanado el fiscal de turno.

“Toda esta descripción es el ideal de lo que debe ocurrir en este tipo de procedimientos”, aclaró Gysel.

Puntualmente sobre el 7 de octubre de 2014, cuando estuvo Franco en la comisaría, Gysel indicó que “a las 12.50 salió el móvil 5667 con el comisario Álvarez y el oficial Acosta, a las 13.15 regresan con Franco Casco”. “Yo lo vi”, respondió Gysel cuando Paulucci le consultó, y agregó “cuando lo entra el jefe con Acosta, los veo pasar y lo llevan al transitorio frente a la guardia, se le toman los datos y se hace la requisa. Después me voy a la guardia. A la tarde hablé con Franco para preguntarle el domicilio, debe haber sido a las 17.15 más o menos”, detalló.

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“A las 15.50 se deja constancia de que no se logró comunicación con Índice General para el pedido de antecedentes”, continuó.

Luego, “a las 15.55 el oficial Acosta realiza la primera llamada al fiscal en el que pide constatación de domicilio, fichas dactilares, fotos y testimonial del vecino que había llamado para pedir la presencia policial”.

A las 16, según consta en el libro de guardia “llegó la Dra. Zelaya, médica de policía”. A las 17.15 el agente Gysel realiza la segunda llamada al fiscal informando que “no teníamos los antecedentes, no se pudo constatar domicilio y faltaba el informe médico porque la Dra. Zelaya no lo dejó”, en este caso el fiscal ordena que “por lo menos se constate domicilio de algún familiar y con los antecedentes se realice nueva consulta”.

Más tarde, “a las 18.25 sale el móvil 5667 con el sargento Guerrero y la agente Hernández a llevar las fichas dactiloscópicas para cotejo y para ir a Índice General, que se encuentra en Jefatura para la nueva consulta de antecedentes”.

“A las 18.30, se realiza un TRO, Tráfico Radial Ordinario, es una comunicación que llega a todas las comisarías, donde informaban que toda información de criminalística debía realizarse a través del 911 porque jefatura estaba sin teléfono”.

“A las 19.20, regresa el móvil 5667 con la nota de la ficha dactiloscópica rechazada, no cuenta con antecedentes y no se pudo constatar domicilio”.

En un momento Gysel le vuelve a preguntar a Franco sobre su domicilio y el chico le dice que “no lo sabe pero que sabe llegar”. En consecuencia, “a las 19.30 sale el móvil 5667 con el sargento Guerrero, el agente Silva y Franco Casco para realizar una recorrida”, para que el joven pueda localizar su domicilio, pero no logró hacerlo por lo tanto “volvieron a la seccional a las 20.20 sin novedades”.

Acto seguido, a las 20.40 el agente Gysel realiza la tercera llamada al fiscal donde le informa “sobre antecedentes y que no se pudo constatar domicilio”. “Poco le pude decir porque estaba ocupado y dijo que me devolvería la llamada”, aclaró el agente.

A las 22.03, al no recibir el llamado del fiscal, Gianola Rocha realiza la cuarta llamada al fiscal en la cual “ordena la libertad. Y a las 22.05 Franco se retira de la comisaría”.

Gysel aclaró que “el mismo procedimiento se hace siempre, se respetan los pasos a seguir, no hay nadie que controle el tiempo, se hace así porque es parte del trabajo, pero todo depende de la dinámica de la comisaría”.

El agente también refirió que los procedimientos se realizan según la Resolución 16/14 del Ministerio Público de la Acusación, firmada por el entonces fiscal regional, Jorge Baclini, donde se encuentran los distintos protocolos y formularios para los distintos procedimientos.

En el caso de los formularios, “se completa sobre alguno que ya estaba hecho, se van cambiando los datos”, por tal motivo en algunas ocasiones se observan errores en las fechas o algún dato, que quien confeccionó el mismo omitió modificar.

Luego fue el turno de Rodolfo Jesús Murúa, quien aclaró al inicio de su alocución que no responderá preguntas.

«si bien es poco lo que puedo aportar a la presente causa, porque soy técnico administrativo, realizaba tareas de atención al público, y no tenía contacto con detenidos», el agente Murua aclaró que «en primer lugar en referencia a mi legajo personal. Consta la fecha de ingreso a la Policía, el 3 de julio del 2014. Estuve dos semanas esperando asignación de destino, y el primero fue la comisaría séptima el día 14 de julio del 2014», indicó.

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Además, remarcó que «como dato relevante que desde el 14 de julio de 2014 al 7 de octubre del 2014, pasaron solamente dos meses y tres semanas».

Recordó la declaración informativa que prestó el 3 de diciembre de 2014, dijo que «mi función en la dependencia radica en realizar tareas administrativas, de 8 a 14, concurriendo a diario». Sobre la detención de Franco, en ese entonces, Godoy, dijo que «observé al detenido ser trasladado a la dependencia, ya que el mismo ingresó por el sector de la Guardia, trasladado por el subcomisario Diego Álvarez y el oficial principal Acosta, quienes luego de ese ingreso efectuaron las diligencias de estilo para el caso y lo dejaron en el penal transitorio, lo cual no pude corroborar debido a que no cuento con contacto con detenidos».

El agente resaltó que «era un día feriado, martes 7 de octubre del 2014, habíamos terminado de almorzar, había poco movimiento en la Guardia, y aproximadamente a las 13.15 observo al comisario Álvarez y al oficial Acosta que traían un demorado. Me acuerdo porque el jefe ingresa levantando los brazos, fumando y una manga de la camisa la tenía rota. Mientras tanto Acosta traslada al demorado y lo aloja en un cuarto donde supongo hicieron la requisa».

Puntualizó en que «observé al demorado unos pocos segundos, es decir lo que tardó en ingresar de una puerta a la otra, no le tomé sus datos personales, nunca lo identifiqué, solo lo observé unos pocos segundos. Para mí fue un demorado más de los tantos que ingresaban a la comisaría». Luego, «alrededor de las 14.20 me voy franco de servicio», indicó.

También se refirió a los fundamentos que dio la Cámara Federal de Apelaciones para confirmar mi procesamiento como participe secundario, «se menciona el hecho que por haber ingresado el martes 7 de octubre del 2014 a las 8 de la mañana, no pudo desconocer lo que pasó la noche anterior, leo textual: ‘el hecho de que Murua haya ingresado a trabajar en forma prácticamente concordante con el cambio de guardia, 8 AM del día 7 de octubre del 2014, nos permite concluir que conoció lo que había acontecido el 6 de octubre del 2014’, me parece un relato infantil, y además el personal administrativo nunca releva a un tercio de seguridad», indicó el agente.

Por otra parte, señaló que la ampliación de Walter Benítez, el cabo de cuarto acusado como autor, «informó que ingresó a las 7.30, hizo control de penal con el tercio de la noche y relevó el tercio». Además, indicó que por la declaración del resto de los imputados «surge la conformación de los tercios diurnos, Benítez, Greiner y Guerrero, más el refuerzo de Santa Fe, y al otro día entra Blanco y Giménez, más el refuerzo de Santa Fe, es decir que en ningún momento aparezco formando parte del tercio, no me mencionan en ningún momento».

«La pregunta que me hago es: ¿si hubiese pasado algo la noche anterior me lo hubiesen informado o comunicado? y la respuesta es no, porque no se lo van a informar al administrativo, al nuevito, al que solo llevaba dos meses y tres semanas en la comisaría», respondió el agente con un tono algo sarcástico.

Y redobló la apuesta al indicar que «si yo me hubiese enterado de algún hecho, lo hubiese denunciado, ya sea a Fiscalía o Asuntos Internos o en forma anónima. ¿Por qué encubrir a personas que recién conozco? solo llevaba dos meses y tres semanas», remarcó.

Y volvió a destacar «nadie encubre a nadie, nadie encubre un homicidio o una muerte, no hay pacto de silencio», como se pretende mostrar.

Finalmente, ratificó que «soy técnico administrativo, no recibí instrucción en seguridad, no porto armas, no visto uniforme policial, tengo estado policial, pero carezco de autoridad policial, y no tengo contacto con detenidos, demorados o aprehendidos».

También aclaró que «del 6 al 11 de octubre del 2014 trabajé de 8 a 14, pero no recuerdo haber visto, recibido o atendido a Ramon Casco y sus familiares».

Por último, realizó una consideración personal, «vengo de un pueblito del interior de Córdoba, llamado Monte Buey, vine a estudiar y trabajar a Rosario. Tengo como ejemplo a mi viejo que trabajó desde los 18 a los 70 años arriba de un camión. En enero de 2019 fallece de un infarto».

«Mi vieja jubilada de empleada doméstica me venía a visitar cuando estaba detenido en base 2, contrajo cáncer de colon, no quiero decir que sea todo a consecuencia de la causa, pero si me trajo mucha angustia a mí y a las personas que me rodean», se lamentó.

Y continuó «estudiando y trabajando al mismo tiempo logré recibirme de abogado, hoy estoy matriculado, trabajo por mi cuenta, y en un estudio jurídico en relación de dependencia de 14 a 20 horas, salgo y me voy a trabajar al 911 donde trabajo de 22 a 6, prácticamente trabajo todo el día, me considero un buen ciudadano. Lo que quiero decir es que al igual que en la comisaría séptima, yo iba a trabajar».

Por último, amplió su indagatoria Pablo Síscaro, acusado de encubrimiento, y agente de Asuntos Internos, que comenzó su alocución detallando sus datos, remarcando que nació «en el año 1983, cuando volvió la democracia. Fui criado por mis padres, de los cuales recibí educación, éramos cuatro hermanos y mi padre tenía tres trabajos para poder mantenernos. Esa fue la educación que recibí, con trabajo se consiguen las cosas».

Al terminar la secundaria, «ingresé a la escuela de oficiales de la Policía, en el año 2002, terminé la misma y fui designado como primer destino la comisaría sexta, luego a la novena, comisaría 16, luego a División Judiciales, anterior a Asuntos Internos donde se tramitan actuaciones donde hay personal policial involucrado. Luego paso un breve tiempo en la Agrupación de Unidades de Orden Público y en agosto del año 2013 soy destinado a la Unidad Especial de Asuntos Internos, donde estuve trabajando hasta principios del 2017 y de allí vuelvo a la Unidad Regional II como jefe de la comisaría 19 donde estuve trabajando hasta el 4 de septiembre de ese mismo año».

Este cambio, «era una oportunidad grande para mi crecimiento dentro de la carrera policial, porque estaba cursando para la jerarquía de comisario, actualmente sigo estancado por esta situación».

Luego expresó que «veo por los medios de comunicación mucha gente que sale pidiendo condenas, acusándonos, sin siquiera conocer mi vida personal, ni laboral», y con esa finalidad realizó la aclaración.

«Antes de ser detenido, a fines de agosto, me llega una llamada de Candia, que supo por los medios que nos iban a indagar por esta causa, hasta ese momento no conocía nada», refirió. En la misma conversación me pregunta «si quiero tener como abogado al Dr. Alcacer, y como lo conocía me iba a comunicar personalmente. Y después de mantener una reunión con el abogado, decidimos hacer una presentación espontánea ante el juzgado de instrucción, el 28 de agosto de 2017, donde me puse a disposición. Sin embargo, el 4 de septiembre, llega personal de Gendarmería y estuve cuatro meses detenido».

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En un procedimiento, a simple vista al menos llamativo «el 5 de septiembre, me imputan el delito y no me dan el relato de los hechos, sino que me ponen a disposición las pruebas, es decir que tenía que encontrar en breve tiempo en 3600 fojas lo que había hecho y las pruebas que había en mi contra», señaló.

«Me indagaron, respondí las preguntas de los abogados Pennisi y Campana y el 14 de septiembre me llaman nuevamente a una nueva ampliación indagatoria, donde me vuelven a imputar el hecho y me relatan por qué. Supuestamente por los dichos de la mayoría de los detenidos», explicó, y continuó que este hecho se funda en aseguran «que fueron coaccionados en el método de entrevistas que nosotros realizamos en la comisaría». Pero a su vez, «me atribuyen los hechos que había realizado Candia, Pieroni y Ríos, en la cual no tuve ninguna participación», lo cual dejó en claro «que esas causales no tenían nada que ver conmigo».

Luego de explicar sobre la creación de Asuntos Internos y su organización jerárquica, indicó que «yo trabajaba en la División Proyección Comunitaria, y tenía asignada ser el ejecutor de las denuncias que se realizaban a una nueva línea de atención ciudadana».

Por otra parte, señaló que en su legajo «se le notifica ser el ejecutor, de dichas denuncias. También tiene varios beneplácitos y felicitaciones, del año 2005 al 2014, pero me voy a centrar en el último, que fue más llamativo, un procedimiento de entrega controlada de dinero en el cual se detuvo a empleados policiales en la subcomisaría 22″. Remarcó que este procedimiento fue el 10 de agosto del 2014, tres meses antes de que me constituyera en la comisaría séptima.

En dicho procedimiento fue detenido un policía llamado Juan C., una persona que hizo la escuela de Policía conmigo y no tuve contemplaciones. Menos lo iba a hacer con gente que ni siquiera conocía. Además, desde el 2008 al 2013 trabajé en Judiciales, hice la misma tarea y no tuve contemplaciones, y nunca tuve un cuestionamiento». Y agregó «no me parece poco que tenga seis beneplácitos y felicitaciones del 2005 al 2014», remarcó.

Sobre el oficio que le encomendó realizar las entrevistas a los detenidos de la comisaría séptima, explicó que «yo estaba trabajando en la línea 0800 y recibo ordenes de los superiores que había que diligenciar de forma urgente un oficio judicial y como no había personal en DIJA, se lo delegaron a Daniel Escobar y a mí, nos dieron el oficio, la foto para exhibirla a las personas que debíamos entrevistar y uno de los puntos no se debía hacer porque ya estaban cumplimentados».

Ya en la comisaría realizaron la medida, «de forma inmediata, por pedido del fiscal, antes del horario de visita. También de forma ordenada, identificando a cada uno de los entrevistados, elegir un lugar seguro, la cuadra de detenidos, dentro del penal y de forma individual». Al finalizar las medidas «nos retiramos de la comisaría y Escobar elevó las actuaciones al fiscal Apanowicz, quien nunca objetó el proceder de las mismas».

Por otra parte, aclaró que «nosotros fuimos a hacer las entrevistas sin conocer la hipótesis que manejaba el fiscal en aquel momento», aclaró. Explicó que, dentro de las actuaciones, «hicimos algo de más, como fuimos un día de visitas, como el fiscal pidió las averiguaciones del 6 al 8 de octubre, hubo una visita el día 7 de octubre y solicitamos copia del libro de visitas».

Vale la aclaración porque la acusación asegura que «las declaraciones no se tomaron con la firma de cada uno de los entrevistados, y que agregamos un listado con el nombre de los detenidos con las firmas colocadas mediante coacción, de lo que estaban hablando es de las copias de las visitas de los detenidos, nunca se colocó la firma de los internos, lo cual fue parte del texto de la requisitoria de elevación a juicio», explicó.

Esas copias fueron utilizadas luego para ubicar a familiares de los detenidos, en distintas medidas de los fiscales.

Con este procedimiento, «demuestro que fuimos los únicos que cautelamos la prueba. Somos los únicos detenidos porque aparecemos en las actuaciones», señaló.

«Mientras estaba detenido, en Piñero, leyendo el libro de guardia que el día 28 de octubre a las 12.05, se encuentran presentes Zabala Salinas Malena y Rodríguez Diego de la Secretaria de Derechos Humanos a realizar allanamiento de los detenidos, ingresaron al penal, sin novedad. Luego se retiran «a las 12.55».

Luego «ingresaron las defensoras, preguntan sobre Franco Godoy en entrevistan a los internos allí alojados y se retiran. De los resultados de estas medidas de las defensoras, aparece en un párrafo en un escrito que hacen en un recurso de Habeas corpus, ni siquiera lo informan al fiscal que intervino en la causa. Lo tuvo que aclarar aquí una de ellas», explicó Síscaro.

Sobre Derechos Humanos, «todos pudimos presenciar como primero Rodríguez hace un informe años después, porque en el expediente interno no constaba, que cuando se constituyen en la comisaría, este informe tiene fecha 2 de diciembre de 2021, cuatro días antes que comenzara este debate, mencionan que el resultado fue positivo, con un detenido y que informaron de forma telefónica al fiscal Apanowicz, cuestión que menos de un año después, viene a prestar declaración bajo juramento de decir verdad y dice que no era uno, sino que eran dos pero de uno no se acuerda el nombre, y no le informo al fiscal Apanowicz, sino al secretario Trangoni. Los mismos prestaron declaración en este juicio y desmintieron todo».

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La excusa de Rodríguez sobre la discrepancia entre lo informado y lo declarado fue porque «hacía poco había vuelto a la Secretaría de Derechos humanos no recordaba lo que había sucedido. En eso disiento porque el 13 de octubre de 2022, a posterior de la declaración que hizo Rodríguez, mantuvo una entrevista virtual con el fiscal Hernández que es el que posee la famosa causa de espionaje ilegal, a raíz de un allanamiento que se produjo el 26 de noviembre del 2021 en el ministerio de Seguridad».

De dicho allanamiento, surge la información de una imputación sobre el espionaje que se había realizado sobre los integrantes de Asuntos Internos, de Aníbal Candia, Pablo Siscaro, Carlos Ríos, Daniel Escobar y Sergio Pieroni, un informe de inteligencia, donde figuran también una línea histórica de funcionarios políticos que formaron parte de la secretaria de control del ministerio de seguridad de la provincia entre el 2014 y 2019 en relación con fechas relevantes en la investigación por la desaparición de Franco Casco y su encubrimiento. En base a esta imputación a Marcelo Saín, al imputado le resulta «llamativo que si en mayo del 2020, fecha en la que se realizó el informe de inteligencia, Rodríguez no recuerde en diciembre de 2021 su participación o sobre este hecho en sí».

A su vez el fiscal Hernández tiene la investigación de los fondos reservados que supuestamente se utilizaron para pagar los abogados de los primeros imputados de Asuntos internos, «entiendo que el fiscal solicitó copia de las actuaciones y hasta la fecha nunca fui citado», indicó Siscaro.

Más adelante, cuando «la Cámara mantiene mi procesamiento, lo hace en grado de sospecha por el testimonio de uno solo de los detenidos, Matías E., finalmente esta persona declaró y dijo que fueron hombres y mujeres a quien le brindó información y a los dos o tres días fue trasladado a otra comisaría», como consta en el libro de guardia en fecha 2 de diciembre del 2014 a las 19.10, hacia comisaria 20.

Para finalizar, «quiero decir que esos cuatro meses que estuve detenido, amén de que hoy estoy en libertad, siento que sigo detenido, sigo ligado a esta causa, un solo día era suficiente para sentir lo que es la injusticia, de una persona que simplemente hizo su trabajo y obró a buena voluntad, buscando sumar, no solo al fiscal sino a la sociedad, amén del resultado que sea, no me importaba las consecuencias que tuviera si personal policial era detenido porque ese era mi trabajo. Asimismo, las pruebas que mencione fueron generadas 2014 a fines del 2015, tanto lo que hice como el material que se secuestró, todo lo demás se presentó gracias a este tribunal que permitió que comparezcan los fiscales y aclararon la situación, pero esto se podría haber producido dos años antes de mi detención. Estoy dispuesto a responder cualquier pregunta con el fin de demostrar mi inocencia», concluyó.

El caso

Franco Casco llegó el 29 de septiembre de 2014 a visitar a familiares en Empalme Graneros, el 6 de octubre del mismo año, y a pocos días de haber llegado de Florencio Varela, su ciudad natal, abandonó la vivienda y su familia no tuvo novedades sobre su paradero hasta que el 30 de octubre, 22 días después, cuando su cuerpo fue hallado en las aguas del río Paraná.

Un total de 19 policías, que desde un principio sostienen su inocencia, están siendo juzgados por los delitos de desaparición forzada seguida de muerte y torturas, por lo que enfrentan una posible pena de prisión perpetua. Cinco de ellos están detenidos desde hace más de cinco años en prisión preventiva efectiva, en penales federales.

Son juzgados por los delitos de desaparición forzada de personas agravado por la muerte de la víctima, imposición de torturas seguida de muerte a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, entre los cuales se encuentran el ex jefe de la seccional 7ª Diego Álvarez, junto a los efectivos Cecilia Ruth Elisabeth Contino, Walter Eduardo Benítez y Fernando Sebastián Blanco, en calidad de autores.

César Daniel Acosta, Guillermo Hernán Gysel, Cintia Débora Greiner, Rocío Guadalupe Hernández, Marcelo Alberto Guerrero, Enrique Nicolás Gianola Rocha y Esteban Silva como coautores del delito de desaparición forzada de personas agravado por la muerte del joven.

En el caso de Franco Luciano Zorzoli, Rodolfo Jesús Murúa, Romina Anahí Díaz, Belkis Elisabeth González, Walter Daniel Ortiz y Ramón José Juárez, son acusados como partícipes secundarios.

Además, los agentes de Asuntos Internos Pablo Síscaro y Daniel Escobar fueron acusados de encubrimiento.

 

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