El Defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe, Raúl Lamberto, firmó un convenio marco de cooperación con su par de Colombia, Carlos Alfonso Negret Mosquera, con el objeto de establecer canales de colaboración mediante el intercambio de conocimientos y experiencias de interés común que permitan optimizar la tarea de las instituciones “en la protección de los derechos de la ciudadanía”. En el acuerdo se ratifica “el compromiso común con los postulados esenciales del Estado de Derecho y con los Derechos Humanos”, considerando fundamentales para ello “la transparencia institucional y la participación ciudadana”.

Al regreso de su participación en la Cumbre Hábitat III que la ONU organizó en Quito, Ecuador, Lamberto visitó la Defensoría del Pueblo de Colombia, que además de tener a su cargo el cuerpo de defensores públicos del sistema judicial de ese país, es una institución comprometida e indispensable para el histórico proceso de paz que allí se está llevando a cabo. En ese marco, ambos Ombudsman decidieron rubricar el convenio que establece canales de comunicación e intercambio para mejorar la tarea de las instituciones, “con especial énfasis en temas relacionados a la resolución pacífica de conflictos, la mediación comunitaria, la atención a las víctimas y la protección de la niñez y la adolescencia”.

De acuerdo con el documento, ambas Defensorías podrán impulsar conjuntamente “proyectos de investigación y desarrollo que las partes tengan en ejecución, intercambiando información y personal idóneo”, desarrollar estudios y proyectos de investigación en temas de interés común, organizar de conferencias, seminarios y cursos relativos a temas de interés de las partes y llevar adelante programas de formación profesional y atención comunitaria “que permitan satisfacer las demandas generadas por ambas comunidades, comprometiendo la participación de los actores sociales en su gestión”.

El texto aclara que “todas las obligaciones asumidas en este convenio son a título gratuito, sustentadas en el espíritu de colaboración que rige la relación entre ambas partes, teniendo en cuenta el interés social del compromiso asumido”. El acuerdo comenzó a tener efecto desde el momento de la firma y tiene una vigencia de dos años, pudiendo ser renovado por períodos similares.