La jueza Mónica Lamperti dio a conocer los fundamentos por los que dictó prisión preventiva a nueve de los once acusados por los delitos de asociación ilícita, estafa, fraude y lavado de activos.

Para dictar las prisiones preventivas la magistrada consideró que los imputados reúnen los tres presupuestos que indica la ley para resolver dicha medida, en este caso consideró la pena en expectativa, el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.

Luego de una audiencia imputativa de quince horas, la jueza consideró que la fiscalía aportó “información de calidad” que demostró “la supuesta intervención de los imputados en maniobras tendientes a despojar de sus bienes a sus propietarios o poseedores” mediante maniobras que habrían sido realizadas utilizando falsos mandatos, documentos apócrifos y aprovechando situaciones de titulares fallecidos o ausentes para transmitir los inmuebles a su favor.

En el caso de aquellos a los que les dictó prisión preventiva consideró que existe peligro de fuga y de que entorpezcan la investigación debido a la posible pena que podría corresponderles luego de un juicio oral y el posible “despliegue de influencias” dada la situación personal de cada uno.

Respecto de Kurtzemann y Abdala, los dos imputados que fueron dejados en libertad, la jueza consideró que ambos tuvieron un rol más acotado en los hechos y, en el caso de Abdala, tuvo en cuenta que al momento de los allanamientos y detenciones se encontraba de viaje en el exterior y al enterarse de ser requerido por la fiscalía realizó un “real esfuerzo” por cumplir con tal requerimiento.