El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal  Javier De Luca pidió hoy desestimar la denuncia del fallecido ex titular de la Unidad AMIA Alberto Nisman contra la expresidenta Cristina Kirchner por encubrimiento del
atentado a la AMIA.

Fuentes judiciales informaron que en un dictamen presentado ante la Sala I, el fiscal consideró que no existió delito en los hechos denunciados y pidió rechazar nuevamente la presentación hecha por Nisman cuatro días antes de aparecer muerto.

Nisman denunció a Cristina Kirchner y al excanciller Héctor Timerman el 14 de enero de 2015 por el presunto encubrimiento de la investigación del atentado, en base a escuchas ilegales que tienen como protagonista a Jorge Khalil, referente de la comunidad iraní en la Argentina.

La acusación ya había sido archivada en primera instancia el año pasado y también había llegado a manos de De Luca tras ser desestimada por la Cámara Federal.

En esa intervención inicial, el fiscal pidió su archivo, con lo cual la denuncia de Nisman nunca fue evaluada por la Sala I de la Casación.

Ahora, con la nueva negativa de De Luca al pedido para que se reabra la causa, esta no cuenta con impulso fiscal y la Casación se vería imposibilitada de intervenir.

Durante este año, la DAIA se presentó como pretendido querellante en la causa y reclamó su reapertura: aportó como nuevo elemento de prueba una grabación a raíz de una conversación telefónica entre Timerman y el ex presidente de la AMIA Guillermo Borger, en la cual el entonces funcionario reconoció la presunta responsabilidad de Irán en el atentado.

El juez de primera instancia Daniel Rafecas, y luego la Sala I de la Cámara Federal con la firma de Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, volvieron a archivar el caso y luego fue apelado a la Casación.

En un escrito presentado, al que accedióla agencia Noticias Argentinas, el fiscal De Luca refirió que los hechos denunciados «no constituyen delito alguno», luego de que Nisman acusara a la ex presidenta por haber suscripto el Memorándum con Irán con la presunta intención de desvincular a los funcionarios de ese país de la causa del atentado.

«La declaración de inconstitucionalidad del Memorándum no modifica esta tesitura, al igual que en cualquier caso en el que se declara judicialmente la inconstitucionalidad de un acto de autoridad pública, de cualquiera de los poderes del Estado. Que el Acuerdo haya sido declarado contrario a la Constitución no significa que su celebración constituya un delito», advirtió De Luca.

«Se podrá ver que el Memorándum constituye un intento de traer o presentar a los imputados al proceso, porque para la continuidad del proceso en forma natural y legal, es necesario contar con los imputados frente al juez de la causa», opinó De Luca, quien agregó que «ninguna negociación diplomática en el mismo sentido puede ser considerada una `ayuda al imputado para eludir las investigaciones».

Por otra parte, De Luca relativizó las declaraciones hechas por el ex vicecanciller Roberto García Moritan, quien dijo que la firma del Memorándum de entendimiento tenía el fin de perseguir la impunidad de los presuntos responsables del atentado a la AMIA.

«Sus dichos son meras opiniones e inferencias que, además de no ser técnicas desde el punto de vista jurídico penal, están desprovistas de datos y de objetividad», refutó De Luca.

En cuanto a la prueba sobre la charla telefónica entre Borger y Timerman, consideró que «nadie explica el origen de la grabación de esa conversación telefónica, lo cual lleva a concluir que fue obtenida sin el consentimiento previo de ambos interlocutores y que no fue ninguno de ellos quien la grabó».

A la vez, el fiscal De Luca también refirió a aquella otra denuncia abierta que lleva adelante el juez Claudio Bonadio por presunta traición a la patria contra Cristina Kirchner y Héctor Timerman por haber firmado el Memorándum con Irán.

«Tampoco los hechos pueden ser calificados como traición a la Nación, ya que no existía al momento de su realización, ni existe ahora, el contexto de conflicto bélico que exige la figura penal, ni los imputados del atentado a la sede de la AMIA-DAIA pueden ser considerados enemigos de la Nación, ni las tratativas una contribución a un supuesto esfuerzo bélico contra la Nación», subrayó De Luca.

La Sala 1 de la Cámara Federal está integrada por Ana María Figueroa, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, pero hay un planteo de Timerman para que los dos últimos se inhiban de intervenir al estar excusados en la causa AMIA.

Con lo cual, la Sala 1 primero debe definir los pedidos de inhibición de esos jueces y luego si hace lugar al pedido de la DAIA de ser querellantes, ya que, de serlo, podrían impulsar la causa faltando el impulso fiscal.