Por Aldo Battisacco – Enviado especial a Buenos Aires

El especialista en Seguridad Social, Facundo Fernández Pastor, se refirió a un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Salta que declaró inaplicables los decretos que establecieron la movilidad de marzo y junio para los beneficiarios de la Anses y ordenó aplicar el índice de la nueva ley de alquileres hasta que el congreso dicte una nueva ley de movilidad. Sospecha que se trata de un pase de facturas al gobierno por el cambio del sistema de jubilaciones de los magistrados.

Fernández Pastor dijo que resulta raro que un fallo de estas características «provenga de una Cámara Federal de Salta», porque normalmente nos encontramos que las cuestiones previsionales se resuelven en los juzgados de la seguridad social que tiene asiento en la Capital Federal».-

«De hecho hasta hace un año los juzgado de primera instancia en las provincias tenían competencia para tratar los asuntos, pero no así las Cámaras Federales», explicó el letrado.

Respecto del fallo que causó el asombro de no pocos miembros de la Justicia nacional, el especialista dijo que ese tribunal, «analizó un tema previsional que se podría sintetizar en: los jueces le están pasando la factura al Gobierno por la reforma previsional de la Justicia», porque la Sala no declaró la inconstitucionalidad de los decretos que dicto el Poder Ejecutivo porque ademas en el análisis del fallo sostuvieron que «el poder legislativo delegó sus facultades de establecer la movilidad de las prestaciones». 

Sin embargo, Fernández Pastor consideró que hay un «pero» en el fallo que es preocupante, ya que los magistrados de la Sala ll de la Cámara Federal de Salta interpretan que como a ellos no les parece que «alcance» el aumento a los beneficiarios que otorgó el Ejecutivo Nacional,  se arrogan las facultades legislativas porque conciben que el sistema social es de carácter contributivo porque se financia con aportes y contribuciones» y agregó «esto no es así, porque todos los que pagan impuestos aportan a la seguridad social». 

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