Por Aldo Battisacco, enviado especial a Buenos Aires

La diputada nacional por la provincia de Santa Fe, y ex jueza, Alejandra Rodenas, fue una de las legisladoras que en la Cámara de Diputados, se manifestó y votó contra la reforma previsional impulsada desde el oficialismo, que finalmente fue aprobada con 127 votos afirmativos.  Entre otras consideraciones, la funcionaria enumeró a Conclusión los argumentos contra la medida: “Es una ley inconstitucional, es decir, violatoria de la Constitución».

Al respecto, Rodenas agregó: «Claramente es regresiva. Retrae las posibilidades adquisitivas del haber jubilatorio y achica la jubilación, por eso es violatoria de la Constitución, va contra dos grandes principios». Y profundizó: “Nuestra Constitución es muy clara cuando prevé y consagra el cumplimiento de dos principios fundamentales: el de progresividad, y el de su correlato no regresivo, son principios que vienen de los pactos internacionales que han sido incorporados, y por ende amparan los derechos sociales en conjunto con el artículo 14 bis, dentro del cual están los derechos jubilatorios».

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En tal sentido, la diputada explicó que en el año 2009 hubo una ley de movilidad jubilatoria que establecía un haber mínimo garantizado, esta indexaba dos veces por año en marzo y septiembre en función de una ecuación que llegaba a un 27% anual, y expresó que «aunque no se llegaba al salario mínimo vital y móvil hubo una enorme cantidad de jubilados que además de jubilarse pudieron acceder a las sucesivas moratorias y a los blanqueos», en cambio, con esta nueva ley, si a un jubilado de aquella época se le aplican los coeficientes que hoy plantea el Gobierno, en lugar  de cobrar $7.250, que es lo que gana actualmente cualquier jubilación mínima, estaría en $5700, con lo cual, «la pérdida del nivel adquisitivo es clara», señaló.

Sin embargo, con la trayectoria en el ámbito judicial que posee, Rodenas manifestó que aún existe la posibilidad de un remedio judicial frente a una ley inconstitucional: la vía del amparo. «Esta  es una forma de reestablecer la situación de igualdad frente a la norma y se puede presentar en forma individual o colectiva», indicó. Esta alternativa es de inmediato cumplimiento, aunque está supeditada a que el juez acepte o no el amparo. Al respecto, concluyó: «Es una posibilidad que queda para esta violación de los derechos humanos, porque considero que los derechos sociales son los derechos de la tercera generación que también protege nuestra Constitución Nacional».